El nuevo nombre de la ciudad fusionada entre Don Benito y Villanueva de la Serena será: Concordia del Guadiana o Mestas del Guadiana y este es el Fuero que Villanueva aporta

(La unión de Don Benito y Villanueva de la Serena ya tiene dos propuestas sobre la mesa para la que será su nueva denominación definitiva una vez que finalice el proceso de fusión de ambos municipios.
El nuevo nombre será uno de estos dos: Concordia del Guadiana y Mestas del Guadiana
Dicho esto, conviene recordar el Fuero de Villanueva de la Serena que aporta a dicha fusión, según el historiador pozuelero Domingo Domené)
Villanueva de la Serena (1) era una aldea creada por los vecinos de Medellín; de ahí su primer nombre: Aldeanueva. En 1303 el recién casado Fernando IV, que ya había segregado Eljas de la jurisdicción de Coria para entregarla a la Orden de Alcántara como pago parcial de la deuda que tenía contraída con ésta, hizo otro tanto y por el mismo motivo con Aldeanueva separándola del territorio de realengo que era Medellín para cedérsela a la misma Orden.
Los alcantarinos la integraron en su encomienda de Lares por lo cual pasó a llamarse Aldeanueva de Lares. El rey la cedió junto a “todos los pechos e fueros e derechos que nos í habemos e haber debemos e con todos sus términos” salvo la moneda forera, el derecho de apelación a la Corona en causas judiciales y las minas “de oro o de plata o de otro metal qualquier, si las í ha o las hobiere daqui en adelante”(2).
Como era previsible, a los de Medellín la pérdida de Aldeanueva no les sentó nada bien y se mostraron reacios a entregarla a pesar de que el rey les había amenazado indirectamente con imponerles una multa de “diez mil maravedíes de la moneda nueva”.
Al año siguiente, el rey hubo de confirmar la donación (3) y enviar a Aldeanueva a Gonzalo Ruiz y Gómez Ximeno, vecinos de Cáceres, para que procediesen a la correspondiente delimitación y amojonamiento del término (4); simultáneamente ordenaba a Esteban Rangel, juez de Medellín, que diese posesión al maestre de lo delimitado por los enviados reales (5) quienes acabaron su tarea en dos meses. La toma de posesión por la Orden de Alcántara tuvo lugar pocos meses después (1305) (6).
Casi de inmediato Medellín fue cedido a doña Violante Manuel, casada con el infante portugués don Alfonso (7). Dada la influencia de tales esposos el concejo de Medellín debió pedirles que intentasen recuperar Aldeanueva y éstos acordaron con la Orden de Alcántara una posible permuta: que si “nos podiernos ganar del rey otro cambio por ella que sea cambiabre de vos e vuestra Orden, que nos entreguedes dicha aldea por el a que sea nuestra así como era de Medellín antes que la vos hobiessedes” o dicho en lenguaje de hoy: que si pudiésemos ganar del rey la posibilidad de cambiar Aldeanueva por otra la cambiaremos (8).
En este documento firmado por el infante portugués a Aldeanueva se la llama Nueva Aldea de los Freires (9) en alusión a los freires de la Orden de Alcántara.
Primer fuero: entre 1305 y 1309. Otorgante: Orden de Alcántara. Familia foral: ¿Alcántara?
El cambio de nombre aún no había terminado. En 1309 era llamada Villanueva de Lares (10) en un documento firmado por el maestre de Alcántara, Gonzalo Pérez Gallego (11).
El cambio de nombre, de aldea a villa, no pudo ser gratuito (ningún cambio de nombre lo es) y equivale a decir que a esta localidad se le había concedido un fuero que la hacía exenta de cualquier otra jurisdicción municipal -¿para acallar las pretensiones de Medellín?- en fecha que desconocemos, pero que por lo que acabamos de ver debió ser entre los citados años de 1305 y 1309.
¿Fue entonces cuando también se cambió su apellido y pasó a llamarse Villanueva de la Serena? (12)
De ese hipotético primer fuero que justificó el cambio de nombre no nos queda ni el recuerdo. Lo único que podemos pensar de él es que de una u otra forma estaba relacionado con Magacela, como veremos al hablar de los fueros otorgados durante el reinado de Pedro I.
Casi de inmediato Medellín fue cedido a doña Violante Manuel, casada con el infante portugués don Alfonso. Dada la influencia de tales esposos el concejo de Medellín debió pedirles que intentasen recuperar Aldeanueva y éstos acordaron con la Orden de Alcántara una posible permuta: que si “nos podiernos ganar del rey otro cambio por ella que sea cambiabre de vos e vuestra Orden, que nos entreguedes dicha aldea por el a que sea nuestra así como era de Medellín antes que la vos hobiessedes” o dicho en lenguaje de hoy: que si pudiésemos ganar del rey la posibilidad de cambiar Aldeanueva por otra la cambiaremos. En este documento firmado por el infante portugués a Aldeanueva se la llama Nueva Aldea de los Freires (13) en alusión a los freires de la Orden de Alcántara.
Privilegios forales: entre 1355-1362. Otorgante: Orden de Alcántara. Familia foral: ¿Alcántara?
La integración en la encomienda de Magacela debió suponer para los villanovenses una pérdida de la autonomía municipal, lo que evidentemente les causaría no pocos enojos y problemas. Para evitarlos, en fecha que no podemos precisar, pero en todo caso entre 1355-1362, el maestre don Suero Martínez el “Asturiano” (el mismo que siguiendo la pauta de lo establecido en el Ordenamiento de Alcalá había otorgado a Valencia de Alcántara el fuero de León en 1356 y ese mismo año dio a Zarza la Mayor el fuero de Alcántara) concedió a Villanueva un conjunto de exenciones y privilegios que aunque no se llamaron explícitamente fuero equivalían a él y que los liberaban de forma definitiva del concejo de Magacela. Así expone el cronista tales privilegios (14):
Privilegios concedidos a Villanueva de la Serena por el maestro don Suero Martínez en 1362.
1º. Que pueda [el concejo de Villanueva] de [entre] sus vecinos elegir un alcalde, para que junto con otro que ponía el maestre determinasen los pleitos.
2º. Nombrar [el concejo de Villanueva] alguacil, preeminencia que era de la dignidad maestral.
3º. Que no puedan sus vecinos ser presos sin que haya precedido querella o demanda, ni ser emplazados o traídos a juicio ante el alcayde de la fortaleza de Magacela, sino ante sus alcaldes ordinarios, ni puestos en otra cárcel que la que tubiere [sic] el Concejo.
4º. Háceles también merced de los quintos de los abintestatos de esta manera: que qualquiera que muriese y lo hubiere de pagar sea de los bienes muebles y no de las raíces, y que a los hijos de familias no se les pida de su legítima si murieren antes de haber cumplido quince años.
5º. Dio al mismo concejo el almotacenazgo, que es lo que ahora llaman fielazgo.
6º. Que los maestres solo tengan un mes en todo el año para vender el vino de sus diezmos y en él ninguna otra persona lo venda.
7º. Que no entre de fuera vino a venderse hasta que los vecinos hayan vendido el de su cosecha.
8º. Que no puedan los maestres apremiar [a] alguno [para] que sea su bodeguero, si el no lo quiere ser de su voluntad.
9º. Que no sean obligados sus vecinos a ir al llamamiento de alguno, sino al de los maestres.
10º. Que ninguno pueda entrar puercos a comer bellota ni a cogerla, hasta que sea desacotada por el concejo el día de San Miguel o después cuando quisieren, y entonces entren todos juntos; y pone pena de seiscientos maravedís aplicados para el mismo concejo.
11º. Que sus bueyes no puedan ser prendados por deudas algunas, ni por pechos que deban a los maestres ni a otros, teniendo más bienes de que poder pagar.
TORRES Y TAPIA, Crónica II, pp. 91-92.
(La división y numeración de los párrafos es nuestra).
En el articulado de esos privilegios concedidos a Villanueva por el maestre don Suero Martínez quedan perfectamente claros los derechos de las partes afectadas:
Derechos del Maestre. Nombramiento de un juez, venta en exclusiva durante un mes del vino recibido en concepto de diezmo, poder llamar a los vecinos para la guerra u otro servicio similar.
Derechos del Concejo. Nombramiento de un alcalde, nombramiento del alguacil (el ejecutor de las decisiones de los alcaldes), cobro de la quinta parte de los bienes muebles de quienes murieran sin hacer testamento, establecimiento del fielazgo (oficina para el cobro de las mercancías que se introdujeran en la villa).
Derechos de los vecinos. No poder ser presos ni emplazados sin querella previamente aceptada por los jueces ordinarios de Villanueva y no poder ser encarcalados en otra cárcel que no fuera la del concejo, derecho a vender su vino antes que el de los forasteros, derecho a rechazar el empleo de bodeguero (recaudador del vino) del maestre, derecho a no atender a más llamamientos que los del maestre, derecho a poder introducir sus cerdos en las fincas del común durante la montanera de forma comunitaria, derecho a no ser embargados sus bueyes (indispensables para la labranza) por deudas si éstas pudieran pagarse de cualquier otra forma.
Estos privilegios fueron confirmados por los siguientes maestres en los años que se indican: Ruy Díaz de la Vega en 1371 (15), Diego Martínez en 1379(16), Martín Yáñez en 1387(17) y sobre todo por Juan de Sotomayor en 1409 (18) y en 1417 (19).
Domingo Domené
1. Este artículo pertenece al libro inédito “Cartas pueblas, fueros y otros privilegios de la Extremadura medieval”. De él se publicó el capítulo titulado “Fueros y privilegios del Badajoz medieval” en la Revista de Estudios Extremeños, 2009, nº. 1 págs. 101-142.
2. BULARIO DE ALCÁNTARA, pp. 131-133
3. BULARIO DE ALCÁNTARA, pp. 135-136
4. TORRES Y TAPIA: Crónica, I, p. 472.
5. TORRES Y TAPIA: Crónica, I, pp. 472-473.
6. TORRES Y TAPIA: Crónica, I, pp. 473-474.
7.Doña Violante, hija del infante don Manuel, hijo a su vez del rey Fernando III, era señora de Elda y Mielda, ambas en el reino de Murcia. Como estos lugares pasaron a la Corona de Aragón por la sentencia arbitral de Torrella, doña Violante fue compensada con el señorío de Medellín. El infante Alfonso de Portugal era hijo de Alfonso III y su segunda esposa Beatriz, hija bastarda de Alfonso X. Del matrimonio entre Alfonso III y Beatriz nacieron varios hijos, pero como dicho matrimonio se realizó cuando aún vivía la primera y repudiada esposa del rey portugués en algún momento fueron considerados ilegítimos. Cuando llegó la correspondiente dispensa papal nació el mencionado infante don Alfonso quien creyéndose el único hijo legítimo disputó el trono a su hermano, nacido del primer matrimonio. Tuvo por ello que expatriarse.
8. BULARIO DE ALCÁNTARA, pp. 136-137.
9. En el citado e indispensable libro dirigido por PALACIOS MARTÍN, B: Colección diplomática medieval de la Orden de Alcántara (1157?-1494?, al hacer la reseña de este documento a Aldeanueva se le llama Villanueva de la Sierra, lo que no deja de ser más que un error tipográfico.
10. Castillo que hubo en la Sierra de Lares, término municipal de Esparragosa, de posible origen templario. La encomienda de Lares dentro de la Orden de Alcántara fue grande. Comendador de ella fue Nicolás de Ovando, sustituto de Colón y primer gobernador del Nuevo Mundo nombrado por los Reyes Católicos.
11. BULARIO DE ALCÁNTARA, pp. 139-140. TORRES Y TAPIA: Crónica I, p. 488.
12. La titulación de la Serena ¿se refiere a la comarca que se llamó así después de pasar a ser gestionada por la Orden de Alcántara a la cual, ocasionalmente, se la calificó como Serena Orden de Alcántara?
13. En el citado e indispensable libro dirigido por PALACIOS MARTÍN, B: Colección diplomática medieval de la Orden de Alcántara (1157?-1494?, al hacer la reseña de este documento a Aldeanueva se le llama Villanueva de la Sierra, lo que no deja de ser más que un error tipográfico.
14. Este maestre accedió al maestrazgo en 1355, pero no está clara la fecha de su muerte. Si bien hay cronistas, como Rades, que dicen que ocurrió en 1361, sin embargo tenemos documentos firmados por él y fechados en 1362.
15. TORRES Y TAPIA, Crónica II, p. 132.
16. TORRES Y TAPIA: Crónica II, p. 142.
17. TORRES Y TAPIA: Crónica II, p. 169.
18. TORRES Y TAPIA: Crónica II, p. 209.
19. TORRES Y TAPIA: Crónica II, p. 242.




