Presidentes del Consejo de Ministros durante el reinado de Alfonso XII: Joaquín Jovellar y de nuevo Antonio Cánovas del Castillo
Joaquín Jovellar Soler (en la foto)
Joaquín Jovellar Soler, mallorquín, nacido en Palma de Mallorca en 1819 y muerto en Madrid a la edad de 73 años, en 1892. Militar y político, Capitán General de Cuba y de Filipinas, Ministro de la Guerra y Presidente del Consejo de Ministros.
Combatiente en la Primer Guerra Carlista, secretario de campaña del general O´Donnell en la Guerra de Marruecos, herido en la batalla de Was-Ras. Combatió la sublevación de los sargentos del Cuartel de San Gil, donde resultó herido, participante en la Revolución de 1868. Capitán General de Cuba en 1873 cuando la crisis con Estados Unidos por la captura del barco Virginius. A su vuelta, se sumó a los preparativos del pronunciamiento del general Martínez Campos en Sagunto.
Ministro de la Guerra en el primer gobierno de Antonio Cánovas.
Nombrado Presidente del Consejo de Ministros, el día 12 de septiembre de 1875. Su mandato acabo con su dimisión el 2 de diciembre del mismo año.
Además de presidente del Consejo, ocupó la cartera de Guerra. Formó un gobierno con ligeros cambios sobre el de Cánovas, solo cambió a los ministros de Gracia y Justicia y de Fomento, el famoso Manual Orovio.
Durante su corto mandato, algo menos de tres meses, se acabó la Guerra Carlista en Cataluña con la toma de Seo de Urgel.
Fue sustituido en la Presidencia del Consejo de Ministros por Antonio Cánovas, el 2 de diciembre de 1875.
Continuó como Ministro de la Guerra, durante 19 días, en el segundo gobierno de Cánovas. Cesado, fue nombrado nuevamente Capitán General de Cuba, puesto que desempeño entre los años 1876 y 1878. Vuelto a nombrar Capitán General de Filipinas en 1883, a su regreso, volvió a ser Ministro de la Guerra en el gobierno de Sagasta durante la Regencia de María Cristina de Habsburgo- Lorena.
Antonio Cánovas del Castillo
Nombrado, por segunda vez, Presidente del Consejo de Ministro el 2 de diciembre de 1875. Éste fue su gobierno más largo del reinado de Alfonso XII, duró 3 años y tres meses, hasta el 7 de marzo de 1878.
Nada más formar gobierno convocó elecciones a Cortes Constituyentes por Decreto del 31 de diciembre de 1875, las elecciones se celebrarían entre la última decena de enero y la primera quincena de febrero, estos últimos días para los votantes de Puerto Rico. Se celebraron bajo la Constitución de 1869 en vigor. La Constitución Republicana no llegó a proclamarse, el golpe de estado del General Pavía acabo con la República antes de que ésta llegase a proclamar la Constitución Republicana de 1873.
Las elecciones se celebraron con una elevada abstención y el Gobierno ejerció su poder, como siempre habían hecho los gobiernos anteriores a lo largo de todo el siglo, manipulando el resultado de forma ostensible para que el partido que entonces gobernaba, los conservadores, pudieran obtener una cómoda mayoría. De los 381 escaños de la Cámara, el partido del gobierno obtuvo 333 (el 85%), dejando para el total de la oposición 85 diputados (el 15%).
El día 5 de febrero se luchó la última batalla de la Tercera, y última, Guerra Carlista, la llamada acción de Abadiano. Después del fin de la guerra en Cataluña, el Estado se preparó para acabar de una vez con el problema carlista. Se prepararon dos ejércitos que se dispusieron a terminara la guerra. Abadiano fue la última acción de importancia registrada en el frente norte. Los carlistas, derrotados, fueron empujados hacia la frontera con Francia. A finales de febrero Estella cayó en poder de los gubernamentales y Carlos VII tuvo que huir para no volver. El último reducto carlista, el castillo de Lapoblación, en Navarra, se rindió el 2 de marzo de 1876 dando fin a la guerra.
Las Cortes Constituyentes se abrirían el día 15 de febrero en sesión solemne presididas por el Rey.
El mecanismo político canovista se formuló legalmente en la Constitución de 1876. Para conseguir la ansiada estabilidad política, la Constitución hacía posible la alternancia del poder entre los dos partidos: el conservador y el liberal. Esta operativa, en teoría estábamos en una democracia parlamentaria, favoreció que el partido liberal aceptara la legitimidad del sistema y que, mediante el supuesto Pacto del Pardo de 24 de noviembre de 1885 entre los líder de ambos partidos, se acordara unos cambios de partidos en el gobierno sin sobresaltos entre ambas formaciones. El sistema creado por Cánovas permaneció en funcionamiento hasta el golpe de estado del General Primo de Rivera en 1823.
La Constitución de 1876 es la constitución española más longeva hasta el día de hoy, 55 años.
Unos meses antes de la convocatoria a Cortes Constituyentes, Cánovas había convocado a una reunión a más de quinientos destacados políticos de diversas tendencias conservadoras y liberales para que colaborasen en la elaboración de unas mínimas bases comunes para la redacción de la nueva Constitución. Entre los convocados se encontraban antiguos senadores y diputados de anteriores legislaturas. De tan magna asamblea salió una comisión de 39 personas que, presidida por Manuel Alonso Martínez, y bajo la inspiración del propio Cánovas, preparó el anteproyecto del texto constitucional.
El anteproyecto fue aprobado, sin grandes cambios, por las Cortes Constituyentes. La Constitución proclamada el 30 de junio de 1876 estuvo en vigor hasta 1931, hasta la llegada de la II República Española. Una vez aprobada la Constitución las sesiones de la Cortes fueron suspendidas, no reanudándose las sesiones hasta el 6 de noviembre.
Fue la undécima Constitución española siglo XIX, en 64 años hubo en España 11 constituciones o similares, uno nonata y otra sin llegar a ser aprobada, además de un amplio período de aplicación del Antiguo Régimen en el reinado de Fernando VII durante los períodos del Sexenio Absolutista y de la Década Ominosa.
La Constitución de 1876 empieza definiendo la existencia de unas instituciones fundamentales, la Monarquía y las Cortes, anteriores y superiores en todo el texto escrito. Especifica que: “el Rey en unión y de acuerdo con las Cortes del Reino actualmente reunidas, hemos venido a decretar y sancionar la siguiente Constitución de la Monarquía Española”, es decir, afirma que la soberanía está compartida entre el Rey y las Cortes, marginando el concepto de soberanía nacional y suprimiendo las conquistas democráticas de 1869. El artículo 18 indica expresamente que la potestad de hacer las leyes reside en las Cortes y en el Rey.
La Constitución tiene trece Títulos con 69 artículos, más un artículo transitorio por el cual se habilita al Gobierno para determinar cuándo, y en qué forma, serán elegidos los representantes a las Cortes de la isla de Cuba.
El título I, de los españoles y sus derechos, reconoce los derechos y libertades de los españoles entre los que se encuentra: el artículo 11 que reconoce a la religión católica como oficial del Estado, aunque también reconoce la libertad religiosa de los ciudadanos, y el artículo 13 con el reconocimiento de las libertades de ideas, de opiniones y de reunión. La aplicación de estas libertades se ejerció con matices que las restringían para facilitar el control gubernamental sobre actividades públicas, así: hasta 1881 había partidos legales e ilegales; se publicaron leyes limitativas de derechos de imprenta de 1879 y de reunión de 1880 y se reformó el Código penal, entre otras limitaciones. Hasta 1887 no se regula el derecho de reunión por lo cual, hasta esa fecha, los trabajadores vieron prohibido el teórico derecho a asociarse que le reconocía la Constitución.
Los títulos II al V establecen que las Cortes se componen de dos Cuerpos Colegisladores, iguales en facultades: el Senado y el Congreso de los Diputados, definen su forma de elección y funcionamiento.
El Senado estaba compuesto por varios tipos de senadores: los senadores por derecho propio (herederos del Rey, grandes de España, altos cargos del Ejército, la Iglesia y la Administración, etc.); senadores vitalicios nombrados por la Corona siempre que cumplan unos requisitos especificados en la Constitución y senadores elegidos por las Corporaciones del Estado, y por los mayores contribuyentes, de acuerdo a lo que determine la ley. El número de senadores por derecho propio y vitalicio no podrán exceder la cantidad de 180.
Los senadores electivos se renovarán por mitad cada cinco años, y por la totalidad cuando el Rey disuelva esta parte del Senado. De ésta forma, el Senado quedó bajo el control de los grupos sociales y económicos más poderosos.
El Congreso de los Diputados estaba formado por los representantes nombrados a razón de uno cada cincuenta mil habitantes, su mandato durante cinco años y eran elegidos de la forma que determine la ley. La Constitución no establece el tipo de sufragio, la determinación del mismo lo deja para una futura ley electoral. La ley electoral, que se publicó en 1879, estableció un voto censitario lo que significo la desaparición de otra conquista del Sexenio, el sufragio universal masculino.
Las Cortes se reunirán todos los años y correspondía al Rey convocarlas, suspenderlas, cerrar sus sesiones y disolverlas con la obligación de volver a convocarlas dentro de tres meses. El Rey y cada uno de los Cuerpos Colegisladores tienen la iniciativa de las leyes y la Corona tenía, además, la potestad de vetar las leyes.
El Rey tenía la potestad de nombrar y separar libremente a los ministros, promulgar y sancionar las leyes, designar al Presidente del Consejo de Ministros, tenía el mando supremo del Ejército y de la Armada y su persona es sagrada e inviolable. El Gobierno no puede mantenerse en el poder si no lo respalda una mayoría de votos en el Congreso.
El título X, de las Diputaciones Provinciales y de los Ayuntamientos, establece una Constitución centralista con eje en Madrid. El artículo 84 permite la intervención del Rey, y, en su caso, las Cortes, para impedir que ambos estamentos, Diputaciones y Ayuntamientos, se extralimiten de sus atribuciones en perjuicio de los intereses generales y permanentes.
El mismo sentido centralista se vio reforzado con la desaparición definitiva de los fueros de las provincias Vascongadas con motivo de la terminación de las Guerras Carlistas. Por ley de 21 de julio de 1876, se abolía el régimen foral, completada en 1877 con la disolución de las juntas y Diputaciones provinciales vascas. La ley, aceptada unánimemente por todos, era una ley ambigua, Cánovas prefirió hacer concesiones en unos territorios donde el carlismo tenia fuerte arraigo y podía volver a resurgir.
Fruto de esta idea, el Gobierno confirmaba para el nuevo período a Navarra la ley Paccionada de 1841 que modificaba, pero no suprimía, los fueros navarros. Poco después, las Diputaciones Vascas, que habían sido suprimidas por ley en 1877, volverán a ser reconocidas y, junto a Navarra, recibirán el primer acuerdo económico vasco (Concierto Económico) por las que las Diputaciones recaudaban los impuestos y entregaban un cupo pactado el Estado Central, aunque perderían el resto de privilegios que abarcaban los fueros suprimidos. Este acuerdo dio lugar a un gran crecimiento económico en la zona convirtiéndose en una de las regiones más avanzadas del país. Como el acuerdo no convenciera a todos, la derrota aumentó el sentimiento nacionalista vasco y dio lugar a la creación del Partido Nacionalista Vasco por Sabino Arana, en 1885.
El artículo 89 proclama que las provincias de Ultramar, siguiendo la tradición constitucional española, serán gobernadas por leyes especiales, modificables cada vez que el Gobierno lo considere conveniente. Cuba y Puerto Rico serán representadas en las Cortes en la forma que se determine por una ley especial. Es decir, la constitución no era aplicable a Ultramar.
Entre tanto, las actividades del Estado continuaban: Cánovas trabajaba para poner en marcha el desarrollo del sistema canovista con el control de las elecciones, por medio de la corrupción y el caciquismo, para facilitar el turno de partidos en el poder y la guerra de Cuba seguía su marcha.
La rebelión cubana, después de alcanzar el año anterior su cenit, comenzaba a debilitarse. Este debilitamiento coincidió con la recuperación de la capacidad militar española cuando la Restauración acabó con las violentas revueltas que habían sido la característica en la península durante el Sexenio.
La terminación de las guerras cantonales y carlista, permitió que el nuevo Capitán General, Martínez Campos, llegara a Cuba en octubre acompañado de un par de divisiones fogueadas en las guerras anteriores que le permitieron cambiar el equilibrio a favor de las tropas españolas.
En Filipinas, en febrero del año 1976, el Capitán General José Malcampo organizó una expedición a la isla de Joló para acabar con su independencia y con el foco de piratería que existía en la isla. La Isla de Joló es la mayor del archipiélago de Joló, en el sur de Filipinas junto a la isla de Mindanao, y había sido un constante problema para las autoridades españolas debido a la irreductibilidad y fiereza de sus habitantes que vivían del saqueo de las colonias costeras españolas y de la piratería. Desde principios de los años 70, se había intentado su ocupación sin resultado.
Malcampo tomó, y ocupó, Joló acabando con la piratería. La perdida de Joló tuvo inmediata repercusión en Mindanao. Joló era la que les suministraba arma y pertrechos a los moros rebeldes de Mindanao. Supuso el declive de la actividad de los moros de esta última isla y el nacimiento del “juramentado”, musulmán que juraba morir matando cristianos.
El 30 de Octubre de 1876, Laureano Figuerola, primer presidente de la Institución, inauguró la Asociación de la Institución Libre de Enseñanza junto con un grupo de catedráticos separados de la Universidad de Madrid por defender la libertad de cátedra suspendida por el Decreto Orovio.
La cuestión religiosa seguía dando quebraderos de cabeza al Gobierno. Aunque el artículo 11 de la Constitución que reconocía la libertad religiosa, prohibía, sin embargo, las ceremonias y manifestaciones públicas que no fueran las de la religión del Estado. Inicialmente el gobierno planteaba una interpretación restrictiva que originó múltiples protestas de las embajadas extranjeras. Los obispos, además, exigieron garantías de los derechos recogidos en el Concordato como: la enseñanza doctrinal, la supervisión y la censura de contenidos.
A primeros de año 1877, se pone en vigor la Ley de Bases de Organismos y Remplazos del Ejército de 20 de noviembre de año anterior, por la que se aprueba un servicio militar obligatorio de 8 años de duración, 4 como activos más otros 4 en la reserva.
Después de la victoria de los prusianos en la guerra franco- prusiana de 1870, todos los estados europeos tratan de imitarlos y dedican sus esfuerzos en crear y mantener un ejército permanente, reducido pero eficaz. Así, la Ley española fija un ejército permanente de 100.000 soldados, establece en 20 años la edad de alistamiento y de sorteo de los mozos, y aumenta a 1.540 mm la altura mínima para ser soldado. Restringe la redención en metálico (dinero pagable al Estado para eludir el servicio militar) y se cambian las reglas que regían el derecho de sustitución hombre por hombre (derecho por el que una persona podía ser sustituida, a la hora de hacer el servicio militar, por un pariente de hasta cuarto grado).
De acuerdo con el artículo 29 de la Constitución se renueva el Senado en el mes de febrero de 1877 y día 25 de abril se abren las Cortes para iniciar su segundo período de sesiones. Estarán abiertas hasta el día 11 de julio del mismo año.
En Cuba, a lo largo del año 1877, el general Martínez Campos, buen conocedor del país y de la forma de operar del enemigo, se rodeo de un grupo de oficiales con experiencia que, junto a la llegada de los refuerzos y la mejora en la organización militar, hicieron cambiar la dinámica de la guerra. Ahora había un ejército, el español, que podía imponerse al enemigo.
La estabilidad política de la Restauración, la recuperación de fuerzas después de la terminación de la guerra carlista y la fuerte demanda exterior de productos españoles, dio lugar a una expansión económica que, comenzando a finales de 1875, se prolongó hasta bien entrada la década siguiente. A ello contribuyó la nueva Ley General de Ferrocarriles, publicada en noviembre de 1877, con el objetivo de construir 3.300 kilómetros de líneas nuevas que mejoraron la capacidad de transporte, permitiendo la creación de un mercado nacional y el inicio de la exportación de productos agrícolas españoles (vino, aceite, frutas, etc.). La construcción del ferrocarril desarrolló la industria siderúrgica española.
La sociedad española del comienzo de la Restauración era una sociedad dual formada por dos mundos muy diferenciados con relación débil entre ellos y con una pobreza muy extendida. Muchas comarcas del interior vivían muy aisladas del resto del País. Un interior, enorme, agrario, donde se ocupaba el 80 % de la población española en unas labores agrícolas de bajo rendimiento con formas de vida de subsistencia. Con una alta mortalidad debida a una mala alimentación crónica, sometida a hambrunas periódicas a causa de malas cosechas y sobre la que recaían, de tiempo en tiempo, pandemias de cólera, tifus y fiebre amarilla.
En contraste con lo anterior, existían unas pocas zonas industrializadas ubicadas preferentemente en la periferia y en Madrid. La población industrial, que apenas pasaba del 15%, se concentrada principalmente en Cataluña, tenía unas condiciones de vida inmensamente mejores que la población campesina.
El poder lo formaban: la oligarquía burguesa de los siderometalúrgicos vascos, los empresarios textiles catalanes y los cerealistas castellanos, todos ellos favorecidos por un sistema arancelario proteccionista que impedía la competencia y la modernización del país.
En el medio rural existían una oligarquía agraria, predominante en las zonas latifundistas de Andalucía, Extremadura y Castilla; unas clases medias bajas formadas por propietarios medianos, arrendatarios y aparceros; y unos campesinos sin tierra, jornaleros, braceros, sometidos a períodos de paros intermitentes y con salarios muy bajos. Esta masa de población sufre alimentación insuficiente, carencias sanitarias e higiénicas, es analfabeta y falta de la más elemental de las culturas. Las condiciones de vida empeoraban en la mitad sur de la península donde dominaba el latifundismo mientras que, en la mitad norte, donde la tierra estaba más repartida, las condiciones de vida eran considerablemente mejores.
Las extremas condiciones de vida de una gran mayoría de la población más pobre, la defensa de las condiciones laborales de los obreros de las zonas más industrializadas, junto a los movimientos del proletariado internacional, dieron lugar al nacimiento y desarrollo de los movimientos obreros y campesinos durante la Restauración.
A pesar de ser declaradas ilegales a partir de 1874, las organizaciones de la Federación Regional Española de la AIT se establecieron en la clandestinidad. Durante los años de la clandestinidad (1874 a 1881) la FRE-AIT vivió un proceso de radicalización y de la influencia, cada vez mayor, del anarcosindicalismo. Los objetivos últimos de las organizaciones anarquistas oscilaban entre la preparación de un movimiento armado o una huelga general de carácter revolucionario. De la otra parte del movimiento obrero, los marxistas surgió en Madrid, a partir de 1879, la organización socialista con los objetivos de la abolición de clases, la emancipación completa de los trabajadores y la posesión del poder político por la clase trabajadora.
Las Cortes iniciaron tercer periodo de sesiones con una asamblea extraordinaria con motivo del matrimonio del Rey con su prima María de las Mercedes de Orleans y Borbón. Las reuniones empezaron el día 10 de enero de 1878 y terminaron el 28 del mismo mes y año.
Las Cortes se reunieron para cumplir con lo legislado en el Artículo 56 de la Constitución en vigor. El Rey, antes de contraer matrimonio, lo tenía que poner en conocimiento de las Cortes, a cuya aprobación se sometían los contratos y estipulaciones matrimoniales. El Rey no podía contraer matrimonio con persona que por ley esté excluida de la sucesión a la Corona.
María de las Mercedes era hija de Antonio de Orleans, duque de Montpensier, y de Luisa Fernanda de Borbón, hermana de Isabel II y tía del Rey Alfonso XII. Era la quinta de los hijos del matrimonio. Se casaron el día 23 de enero de 1878 cuando la reina tenía 17 años. El matrimonio fue muy breve, la Reina moría a causa del tifus cinco meses después de la fecha de su matrimonio, el 26 de junio del mismo año, dos días después de cumplir los 18 años.
En Cuba, la insurrección acabo el año 1877. Completamente desmoralizados los rebeldes por la eficacia de las fuerzas españolas con las nuevas directrices del Capitán General Martínez Campos. Los insurrectos estaban divididos y España les ofrecía un tratado de paz, libertad y olvido del pasado. Iniciadas las negociaciones, se firmó la paz el día 11 de febrero. Paz, conocida como el Pacto del Zanjón, que puso fin a la Guerra Grande o Guerra de los Diez años.
Las condiciones de paz no fueron aceptadas por todos los mandos insurrectos. Los cabecillas, Vicente García y Antonio Maceo, comunicaron a Martínez Campos la no aceptación de la paz en la reunión que tuvieron en los mangos de Beraguá el 15 de marzo de 1878. Se reanudó la guerra, una guerra de guerrillas, de pequeñas partidas que desembocaron en la llamada Guerra Chiquita (desde 1878 a 1880).
Con la Paz del Zanjón, España entró en una etapa de paz, no hubo guerra en más de diecisiete años, lo que permitió que el Ejército asumiera un papel marginal en la vida política durante décadas y aceptara la primacía del poder civil.
En el plano internacional, España practicó el aislacionismo, promoviendo una reducida participación en los asuntos del resto del mundo.
Los esclavos que lucharon con los rebeldes fueron liberados, pero la esclavitud no fue abolida hasta más tarde, en 1886.
El 20 de febrero muere el Papa Pio IX y un mes más tarde es elegido su sucesor León XIII.
El Rey sufrió dos atentados anarquistas durante su reinado, en ambos salió ileso. El primero ocurrió el 25 de octubre de 1878 y el segundo un año después. Ambos fueron cometidos por anarquistas en aplicación de la estrategia de propaganda aprobada por la internacional anarquista en 1877, la llamada propaganda por el hecho o propaganda por el acto. Ésta estrategia de propaganda se basaba en el mayor impacto que genera una acción eficaz que la simple fuerza de las palabras para despertar las energías rebeldes del pueblo. Buscaba elevar un conflicto latente al grado de conflictividad explicita para obligar a la mayoría a salir de su indiferencia y adoptar posturas distintas para la solución del mismo. La propaganda por el hecho incluía desde ocupaciones edificios y fincas hasta tiranicidios y ataques a los que son considerados poderosos o represores.
El primer atentado lo cometió un joven obrero tonelero catalán llamado Joan Oliva Moncusí. Disparó dos tiros contra el Rey, sin alcanzarlo, cuando este hacía su entrada en Madrid de vuelta de un viaje por el norte de España. Fue detenido inmediatamente, juzgado y ejecutado.
El segundo fue ejecutado por el obrero gallego Francisco Otero González el día 30 de diciembre de 1879. Disparó contra los Reyes cuando volvían de pasear por el Retiro sin herirlos. Detenido, siguió la misma suerte que su correligionario del año anterior.
El 28 de diciembre de 1878, se proclamó la nueva Ley Electoral que volvió a introducir el sufragio censitario masculino, los electores lo eran en función de su riqueza. También modificó las circunscripciones que elegían varios diputados, las nuevas demarcaciones se formaban por las principales ciudades junto con amplias zonas de su entorno, con ello se potenciaba el voto del campo frente al voto de las ciudades. Además, los caciques, y las redes clientelares, contribuían al objetivo del control de los resultados electorales por aquel partido que apoyaba al gobierno.
El 8 de enero de 1879, en su ciudad de residencia, Logroño, murió el general Baldomero Fernández Espartero, Príncipe de Vergara, Duque de la Victoria y Regente del Reino de España
Después del Pacto de Zajón, el Capitán General Martínez Campos trato de aplicar las políticas acordadas en dichos pactos. Enero de 1879, Martínez Campos envió un oficio a Cánovas contándole los males que padecía la isla. Además, mostró su disconformidad con el presupuesto presentados para Cuba y lo publicó antes de que fuese aprobado para desencadenar el rechazo del mismo.
Martínez Campos exponía al Gobierno la política que creía posible para la Isla, poniendo al Rey como único juez ante las medidas propuestas y su inmediato relevo. Las medidas que proponía eran: disminuir las cargas públicas ante la manifiesta decadencia de la economía de Cuba como consecuencias de 10 años de guerra; facilitar los mercados de los productos tradicionales de la isla; convertir a Cuba en una provincia ultramarina; abolición inmediata de la esclavitud, etc. Obviamente éstas políticas no gustaron a las clases conservadoras de las que el Gobierno era su portavoz. Cánovas lo hizo regresar a la península para que conociera la vida política y el estado del País.
Del enfrentamiento de ambos salió vencedor Martínez Campos. Cánovas fue cesado por el Rey como Presidente del Consejo de Ministros el día 7 de marzo de 1879 y nombrado en su lugar Arsenio Martínez Campos.
Joaquín de la Santa Cinta, Ingeniero aeronáutico, economista e historiador