Termina el Juicio sobre el asesinato de Diana Quer: La defensa de El Chicle eleva la pena por un posible homicidio doloso y la fiscal y la acusación reclaman la prisión permanente revisable

La abogada defensora de José Enrique Abuín Gey, El Chicle, reconoce ahora, en la última sesión del juicio por la detención ilegal, agresión sexual y asesinato de Diana Quer en la Audiencia Provincial de A Coruña, que su cliente pudo cometer un homicidio doloso. En sus conclusiones iniciales pedía para el único acusado un delito de homicidio por imprudencia y una pena de dos años y medio de prisión, pero en sus conclusiones finales introduce una calificación alternativa, la de “homicidio con dolo eventual” y una pena superior, de cinco a siete años.
La letrada, Fernanda Álvarez Pérez, realizó esta modificación en la fase de conclusiones finales del juicio en base a las pruebas que se presentaron en los nueve días de juicio, especificando que esa calificación alternativa podría ponerse al acusado en el caso de que los miembros del jurado consideren que el acusado tuvo que ser consciente de la fuerza que estaba haciendo cuando, según él mismo reconoce, abordó a Diana Quer en A Pobra do Caramiñal, y le echa las manos al cuello.
En sus conclusiones finales, la letrada sigue insistiendo en que la intención de su cliente no era matar a Diana Quer, sino que ella le sorprendió robando gasóleo y, por miedo, la atacó y acabó asfixiando. El cambio fundamental es que reconoce que El Chicle pudo haber sido consciente “de la posibilidad de causarle la muerte”, si bien sigue manteniendo que en el caso de su cliente el jurado debe tener en cuenta la circunstancia atenuante cualificada de confesión.
La Fiscalía y la acusación particular mantienen sus conclusiones de que El Chicle debe ser condenado por agresión sexual, detención ilegal y asesinato con alevosía, ensañamiento y para evitar que se descubra otro delito -la agresión sexual-, si bien modifican ligeramente su relato de hechos “a la luz de lo que hemos visto”.
Así, introducen matices sobre la constitución física del acusado y de la víctima, que acreditaría la superioridad del primero sobre la segunda, e insisten en que en 500 días no dijo nada del paradero y que aunque él no hubiese dicho dónde estaba el cuerpo, la Guardia Civil lo habría encontrado igualmente. Este último argumento va enfocado a evitar la atenuante de confesión.
La fiscal Cristina Margalet y el abogado de la acusación, Ricardo Pérez Lama, también insisten en que en este caso concurre una circunstancia agravante de ensañamiento y, en la exposición de sus conclusiones antes de que el jurado se encierre a deliberar, reiteran su petición de que sea condenado a la pena máxima, prisión permanente revisable.
Cristina Margalet abrió el turno de informes con una intervención de más de dos horas y media en la que detalló al jurado popular todas las pruebas expuestas durante las dos últimas semanas que, a su juicio, sostienen su versión de los hechos, y centró buena parte de su discurso en echar por tierra las “mentiras” e “incoherencias” de la declaración del acusado, pidiendo a los jurados “encajar el sentido común con todas las pruebas practicadas”.
El informe de la Fiscalía da especial trascendencia a los informes del equipo tecnológico GATO de la Guardia Civil -que analizó los móviles del acusado y la víctima y situó el lugar exacto en el que El Chicle abordó a Diana en un punto diferente al que él reconoce- y a los informes forenses realizados por dos equipos diferentes, que concluyen sin ningún género de dudas que la causa de la muerte de la joven es el estrangulamiento utilizando como arma homicida una brida.
En este sentido, expuso al tribunal popular las conclusiones de uno de esos equipos, que sostiene que el cadáver de la joven de Pozuelo tenía un edema en la zona vaginal que probaría una agresión sexual y que utiliza un estudio estadístico elaborado en base al teorema de Bayes para concluir que hay un 99,9% de posibilidades de que se produjese esa violación. Sin embargo, no hizo alusión a los informes del otro equipo forense, que mantiene que no se puede acreditar ni descartar esa agresión sexual por falta de pruebas halladas en el cuerpo tras casi 500 días sumergida en el pozo en el que él la arrojó.
En su alegato final, la fiscal insistió en la “maldad brutal sin finalidad” del acusado, que metió a la joven durante 24 minutos encerrada en un maletero y la llevó a una nave que “da pavor”, propia de una “película de terror”, abandonada, sucia, sin luz e incluso con “pintadas espeluznantes” en las paredes como “Dios te odia”. Además, hizo referencia a una película de argumento similar al de este caso, The Lovely Bones, aunque insiste en que “la realidad siempre supera a la ficción, lamentablemente”.
Además, hizo hincapié, en el “perfil de depredador sexual” del acusado y en el patrón de conducta que también tuvo con su cuñada cuando era menor de edad; con una joven en Boiro a la que intentó meter en el maletero -por este caso fue condenado-, con dos hermanas a las que acosó por la calle y con una víctima revelada en este juicio a la que abordó en Orense.





