En Pozuelo se cumple el viejo axioma de la política: la claridad con la que se legisla y la poca vergüenza con la que se gobierna. Y se necesita calificar los servicios de la Admón. Local. Un articulo de Gary García
A tenor de mi artículo de la semana pasada y que provocó un pequeño debate (al menos entre mis amigos), mira por donde, me he enterado de que está inventado lo que yo soñaba: Un Órgano que velase por los derechos de los ciudadanos. Y la verdad es que era lógico que los municipios más grandes y adinerados tuvieran algo que demostrara que son ser verdaderamente modernos y transparentes.
La cruda realidad es que mi imaginación comparativa con la actividad privada no era más que una especie de sueño porque, cualquier parecido con la realidad actual en Pozuelo de Alarcón, es pura coincidencia. Es decir, lo que yo pensaba que se pudiera calificar los servicios que da la administración local a los ciudadanos a través de un Órgano Independiente (menuda palabrita mágica) ya existe aunque, extrañamente, no existe en Pozuelo.
Y he descubierto (supongo que muchos de ustedes lo sabrían ya, pero yo lo acabo de descubrir) que se podría llevar a cabo esa clasificación en aras a una verdadera transparencia por medio de lo que se llama legalmente en los municipios adheridos como Grandes Ciudades, y Pozuelo de Alarcón, lo es por tener más de 75.000 habitantes y sus especiales condiciones económicas, históricas y culturales (Grandes Ciudades; es decir, que se han adherido para lucir la chapa, y cobrar mayores sueldos, pero nada más): Comisión especial de Sugerencias y Reclamaciones:
[Art. 1.4 de la Ley 57/2003, de 16 de diciembre, de medidas para la modernización del gobierno local que modifica el art. 132 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del régimen local]
Artículo 132. Defensa de los derechos de los vecinos.
- Para la defensa de los derechos de los vecinos ante la Administración municipal, el Pleno creará una Comisión especial de Sugerencias y Reclamaciones, cuyo funcionamiento se regulará en normas de carácter orgánico.
- La Comisión especial de Sugerencias y Reclamaciones estará formada por representantes de todos los grupos que integren el Pleno, de forma proporcional al número de miembros que tengan en el mismo.
- La citada Comisión podrá supervisar la actividad de la Administración municipal, y deberá dar cuenta al Pleno, mediante un informe anual, de las quejas presentadas y de las deficiencias observadas en el funcionamiento de los servicios municipales, con especificación de las sugerencias o recomendaciones no admitidas por la Administración municipal. No obstante, también podrá realizar informes extraordinarios cuando la gravedad o la urgencia de los hechos lo aconsejen.
- Para el desarrollo de sus funciones, todos los órganos de Gobierno y de la Administración municipal están obligados a colaborar con la Comisión de Sugerencias y Reclamaciones.
He preferido transcribirlo para que se vea la claridad con la que se legisla y la poca vergüenza con la que se gobierna.
Ya no es una buena idea, es un claro incumplimiento de una exigencia establecida por la Ley.
Ya no se trata de un reto que amablemente les presento, se trata simple y llanamente de un derecho que exijo como ciudadano.
Ya está bien de pisotear nuestros derechos, caramba.
¿Cuándo pondrá el Gobierno de la señora Quislant en marcha esa Comisión especial de Sugerencias y Reclamaciones?
Poca vergüenza tienen, sí.
Gary García