La cesión a la Iglesia Católica de uno de los mejores solares públicos de Pozuelo, de forma arbitraria y sin la adecuada justificación, podría llevar a un juez a investigar su tramitación por un posible delito de Prevaricación

Estimado Director: He seguido con afán el proceso de “ La parcela de Caná” y lo que en estos momentos se están preguntando numerosos vecinos es si se puede investigar este oscuro caso de cesión a la iglesia católica de uno de los mejores solares públicos de nuestra ciudad, de forma arbitraria y sin la adecuada justificación.
Por todo ello, permítame que recuerde un concepto básico en el buen Gobierno…
PREVARICACIÓN: “Delito que consiste en que un servidor público dicte una resolución arbitraria en un asunto administrativo a sabiendas de que esa resolución es injusta, arbitraria o contraria a la norma, infringiendo así sus deberes como servidor público”.
Y tras hacerlo, permítame que haga unas cuantas preguntas y sus correspondientes respuestas:
¿Puede un juez investigar que la tramitación se haya hecho con nocturnidad y alevosía iniciando el expediente de cesión unos días antes de las elecciones municipales del pasado mes de mayo y concluyéndolo unos días después cuando la situación política en la ciudad estaba por definirse y los ciudadanos y sus representantes públicos estaban “a otra cosa“?
Puede Ley 10/2019 de 10 de Abril de Transparencia y de Participación de la Comunidad de Madrid .
¿Puede investigar que el expediente administrativo de cesión gratuita de esta parcela sea una monumental “chapuza“ trufada de puntos oscuros, sin documentación suficiente, sin justificación por partes de los solicitantes y sin evaluación del beneficio para nuestra ciudad que se pretende obtener?
Puede Ley 39/2015 de 1º de octubre del Procedimiento Administrativo de las Administraciones Públicas.
¿Puede investigar que los funcionarios (de altísimo nivel) que pusieron sus reparos e inconvenientes a dicha cesión arbitraria al Arzobispado de Madrid hayan sido fulminantemente despedidos (después de muchos años de servicio en nuestro consistorio) una vez que tomó posesión el nuevo gobierno de la Señora Quislant?
Puede ley 7/2007 de 12 de abril del Estatuto Básico del Empleado Público.
¿Puede investigar que haya varias organizaciones de asistencia social con muchos años de trabajo en nuestro municipio y con conciertos con la Comunidad de Madrid que han solicitado licitar (no que les regalen) parcelas de titularidad pública (en otros lugares menos relumbrones de Pozuelo) y que hasta el momento no les hayan hecho ni caso, desdeñando así su labor social y asistencial ?
Puede Ley 9/2017 de 8 de noviembre de Contratos del Sector Público.
¿Puede investigar que la parcela que se pretende ceder gratuitamente se destine a alojamiento (sin duda de lujo por la ubicación) de curas y monjas “de la cuerda ideológica“ de la poderosa Iglesia de Santa María de Caná, pese al viraje en los objetivos que se ha pretendido colar por parte de los representantes eclesiásticos?
Puede Ley Orgánica 10/1995 de 23 de noviembre del Código Penal – Art 419 y ss.
Como diría un conocido político: ¡SI …se puede!
Y me parece que esta bomba tiene mucha mecha.
Antonio González