Tejero entre la estupidez y la terquedad: Prefiere mantener la presunta ilegalidad del nombramiento de los DD GG (ya están en el BOCM) a rectificar y abordar limpia su gestión

Comienzo a escribir esta columna afectado por una gran desazón. Sin entender nada. Viendo como, inauditamente, la alcaldesa Paloma Tejero ha entrado en una disyuntiva política preocupante…
El BOCM publicó ayer los polémicos nombramientos de los no menos discutibles Directores Generales…

Desconozco en este momento si la orden ha sido dada por estupidez o por terquedad. No lo sé pero me preocupa. No me puedo creer que Paloma Tejero haya dado el visto bueno a este hecho porque, si lo ha hecho, se mueve en un terreno político pantanoso en el que terminará hundiéndose…
Entiendo que, en el BOCM, se justifiquen diciendo que la ley establece que “los Directores Generales serán nombrados y cesados por la Junta de Gobierno Local”.
Pero, y bien lo sabe la alcaldesa, esa no es la cuestión. Claro que los Directores Generales los nombra la Junta de Gobierno Local pero después de haber llevado a cabo el procedimiento legalmente establecido… Y ese procedimiento lleva consigo concurrencia y publicidad. Y se ha hecho de tapadillo. Por la puerta de atrás. Y eso, aparte de no cumplir con lo que manda la ley, está a tres centímetros del trilerismo político… Es jugar sucio. Y eso es malo.
No se puede empezar una legislatura con dudas legales. Y todo, simplemente, porque no se han hecho las cosas como deberían hacerse…
Es posible que alguien le haya dio a Tejero que es un hecho menor… Puede. A mí me da igual. Es un hecho que no ha seguido el procedimiento establecido y eso me hace pensar que si algo tan simple la alcaldesa se lo salta, qué no hará cuando vengan las cosas realmente complicadas, que vendrán…
La mujer del César no solo debe ser honrada sino parecerlo…
Ya dije hace unos días que no había ninguna necesidad de hacer trampas en algo tan sencillo y reglado como es el nombramiento de directores generales en Ayuntamientos regidos por el Régimen de Gran Población pero la estupidez o por aquello de “Mantenella y no enmendalla”, que diría el gran Muñoz Seca en La Venganza de Don Mendo, le han llevado a hacerlas. La estupidez y la soberbia son las peores consejeras del político.
¿Quién está aconsejando tan mal a Tejero para que vaya dando tanto resbalón político con sus decisiones estúpidas e infantiloides y en apenas dos meses de gobierno?
¿Quién le está comiendo la oreja para que se haga trampas en el solitario?
No lo sé. Lo mismo es ella sola consigo mismo… El onanismo político también cuenta cuando alguien se siente desbordado y/o perdido…
A mí me da igual que estos Directores Generales sean nombrados o no. No me juego nada. Me duele tanta torpeza en una persona que creía muy inteligente pero allá cada cual… Para mí, todos sus actos siempre estarán bajo sospecha y así los iré contando…
La confianza política es como la honra, cuando se pierde no se recupera. Y creo que esa confianza en Paloma Tejero se ha quebrado, insisto por estupidez o por cabezonería o por las dos cosas, con lo fácil que hubiera sido reconsiderar el tema… A fin de cuentas solo es un acto administrativo…
Termino. Me quedan dos dudas…
La primera, ¿qué hará la interventora Miralles cuando fiscalice íntegramente el expediente administrativo y compruebe que carece de concurrencia y publicidad, como siempre se ha hecho en el Ayuntamiento de Pozuelo porque es lo que manda la ley?
¿Les pagará la nómina?
Lo pregunto porque, dicen, es muy puntillosa. Viene escarmentada de Getafe y no creo que trague con algo que la puede volver a meter en problemas…
¿Y si dice que no paga por defecto en el procedimiento del nombramiento qué pasará?
Puf…
Y la segunda, ¿qué pasará si un vecino o un concejal de la Oposición o un representante de una Asociación cívica pone un recurso de alzada y potestativo de reposición ante la propia Junta de Gobierno Local por un acuerdo adoptado que prescinde total y absolutamente de las reglas esenciales del procedimiento como es el incumplimiento de los principios de concurrencia y publicidad?
Y estoy hablando de una motivación legal que fundamentan, avalan y preservan la legalidad del mismo, dictado con evidente y obscena vulneración del artículo 13 del Estatuto Básico del Empleado público, artículo 9.3 de la Constitución Española y artículo 106 de la Ley de Bases de Régimen Local…
En fin , Paulita, ganas de complicarse la cosa…
El problema gordo es que, con este proceder, mezcla de soberbia y estupidez como ejemplo y manera de actuar política, creo que el Gran Pozuelo de Alarcón tendrá que esperar otros cuatro años…
Amén.
El Capitán Possuelo




La Interventora ya habría informado con ocasión del expediente de nombramiento, por cuanto debió incluir la aprobación del gasto anual necesario, pero a saber, lo mismo se limitó a ver qué había dotación y “pa lante”, obviando la parte jurídica, pese a que es su obligación.
Muchas gracias por su participación. Saludos