La Audiencia Nacional ordena reabrir la investigación sobre los promotores de la urbanización del lujo La Finca de Pozuelo (Francisco Peñalver y Susana García Cereceda) clientes de Villarejo

La Sección Tercera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha ordenado al Juzgado Central de Instrucción número 6 reabrir la investigación sobre los promotores de la urbanización del lujo La Finca de Pozuelo que contrataron al comisario jubilado y en prisión provisional José Manuel Villarejo para investigar sobre una herencia.
Revierte así la decisión que adoptó el instructor, Diego De Egea, el pasado 30 de julio, cuando dio carpetazo a las actuaciones sobre estas personas contra criterio de Fiscalía Anticorrupción.
En concreto, el tribunal que preside Alfonso Guevara, admite el recurso de apelación presentado por el Ministerio Público contra el sobreseimiento de esta pieza, denominada Land, porque no se han practicado todas las diligencias de investigación acordadas y «no se da explicación en el auto» con el que ordenó el sobreseimiento «de por qué son innecesarias», según la resolución a la que ha tenido acceso Europa Press.
Se refiere en particular a que no se había hecho el análisis completo de los datos obtenidos de los dispositivos informáticos intervenidos en los registros practicados en los domicilios de Villarejo y su socio, Rafael Redondo; y faltaban también por «practicar las declaraciones de las víctimas con toda amplitud», unas diligencias que «son necesarias para el conocimiento de la verdadera entidad de los hechos investigados» y que deben practicarse antes de decidir sobre el cierre de la investigación.
Se trata de Francisco Peñalver y Susana García Cereceda, promotores de la urbanización de lujo y David Fernández, su responsable de seguridad. Contrataron a Villarejo y a Redondo para recabar información sobre en qué situación había quedado la promotora (Procisa) a la muerte de su presidente a fin de reclamar una herencia y, según la instrucción, también para averiguar datos sobre la situación del resto de los herederos. De Egea decidió dejarles fuera al entender que desconocían la condición de policía del comisario y sus métodos presuntamente delictivos.
«Con el análisis provisional que puede hacerse a partir de una instrucción incompleta, no puede por el momento sostenerse que no existen indicios de que los investigados de los que se han sobreseído las actuaciones no hayan participado en delitos de falsedad en documento mercantil, cohecho y descubrimiento y revelación de secretos y que no tuvieran conocimiento de la condición de funcionario del Cuerpo Nacional de Policía del investigado José Manuel Villarejo ni de los métodos que utilizaba», dice la Sala, que rechaza así los principales argumentos en que se apoyó el instructor para archivar.
De hecho, el auto, cita un informe de Asuntos Internos y los audios de conversaciones entre los investigados, Villarejo y Redondo, para ilustrar que el encargo realizado «excedía» de un mero informe sobre la rentabilidad de la empresa ya que se recababan datos de otros herederos —personados en la causa en tanto que víctimas—, y que los imputados sabían que el primero era policía y la información que recababa era de «fuente policial».
«Sin necesidad de transcribir en esta resolución todos los documentos intervenidos o las conversaciones transcritas relacionados por el Ministerio Fiscal en su escrito de recurso (…) de lo hasta ahora expuesto se desprende que la instrucción no está terminada, que existen indicios de la existencia de los delitos denunciados y de la participación en ellos de los investigados respecto de los que se han sobreseído las actuaciones», dice el auto de la Sala.





