Portazo del Tribunal Supremo a Almeida: Inadmite el recurso del Ayto de Madrid sobre la Zona de Bajas Emisiones ya que es “una mera discrepancia con el juicio de ponderación efectuado”

El Tribunal Supremo ha cerrado la puerta al Ayuntamiento de Madrid en el pulso judicial que emprendió por la Zona de Bajas Emisiones. El Alto Tribunal ha inadmitido el recurso presentado por el Consistorio contra la sentencia que ya anuló parte de la ordenanza municipal.
La decisión supone, en la práctica, respaldar el criterio del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, que en septiembre de 2024 tumbó varios artículos clave de la normativa. Aquella resolución, ahora ratificada, señalaba fallos de base en la elaboración de la ordenanza, especialmente en lo relativo a su impacto económico.
El Supremo no entra a reinterpretar el fondo del asunto, pero sí deja claro por qué no acepta revisar el caso. Según expone, el recurso de José Luis Martínez-Almeida no justifica un interés casacional suficiente. Es más, subraya que la sentencia recurrida se apoya en “un completo y exhaustivo análisis del Informe de impacto económico”, por lo que el intento municipal se limita a “una mera discrepancia con el juicio de ponderación efectuado en la resolución recurrida, refiriéndose sustancialmente a cuestiones de hecho y de valoración de la prueba, todo lo cual está excluido de la casación”.
Defiende la Sección Primera de la Sala del Supremo que es necesaria así una justificación adicional de por qué se considera que existe dicho interés casacional que exija un pronunciamiento por parte del Alto Tribunal.
El origen del conflicto está en la modificación de la Ordenanza de Movilidad Sostenible aprobada en 2021. Aquella reforma redefinía el mapa de las zonas de bajas emisiones, pero fue parcialmente anulada tras un recurso de Vox. El tribunal consideró entonces que no se habían evaluado adecuadamente las consecuencias económicas de las restricciones al tráfico ni se había hecho un balance suficiente entre costes y beneficios. También se constataron deficiencias en el informe de impacto ambiental.
Desde el área de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad sostienen ahora que la reciente aprobación de una nueva ordenanza el pasado marzo en Pleno Municipal deja sin efecto práctico el revés judicial. Este nuevo texto, impulsado únicamente con los votos del PP frente al rechazo de toda la oposición, reforzó el modelo de zonas de bajas emisiones, amplió el Servicio de Estacionamiento Regulado y abrió la puerta a que los vehículos sin etiqueta ambiental puedan circular temporalmente en la capital mientras se cumplan los baremos impuestos por Europa.



