Una asociación de automovilistas exige al Ayto de Madrid que anule todas las multas impuestas por acceder a las ZBE tras la decisión el Tribunal Supremo de inadmitir el recurso

La anulación de las Zonas de Bajas Emisiones en la ciudad de Madrid por parte del Tribunal Supremo ha generado muchas dudas entre los ciudadanos. Al fin y al cabo, hay 650 millones de euros en multas que están en juego, la recaudación de cuatro años de multas que ahora la Justicia ha decidido considerar ilegal.
Por ello, la clave de todo esto es: ¿Almeida tendrá que devolver las multas del periodo anulado?
La puerta desde luego está abierta y las asociaciones de automovilistas ya se han movilizado para exigírselo al primer edil. La primera en disparar ha sido Automovilistas Europeos Asociados (AEA), quien ha solicitado a Almeida a través de un comunicado la devolución de todas las multas impuestas entre 2021 y 2023.
Mario Arnaldo, presidente de la asociación, señala que “la sentencia dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid se hace firme” tras la decisión del Supremo y por tanto, “todas las multas impuestas en las Zonas de Bajas Emisiones de Madrid , y no sólo en las de especial protección de Plaza Elíptica y Distrito Centro, se tienen que anular”.
En concreto, las multas anulables se corresponden con el periodo entre septiembre de 2021, fecha en la que entró en vigor la ordenanza que regulaba las Zonas de Bajas Emisiones, hasta marzo de 2023, mes en el que Almeida sustituyó la vieja ordenanza municipal por otra actualizada que sí se ajustaba a las exigencias legales.
Por lo tanto, todas las multas puestas a partir de 2023 son absolutamente legales y el sistema sigue vigente, de modo que los conductores con etiqueta ECO o 0 podrán entrar a la Zonas de Bajas Emisiones y aquellos que tienen etiqueta B o C tendrán permiso para ello siempre que aparquen en el interior de un parking.
¿Qué sucede con las multas?
Ahora bien, sí se abre la puerta a que los conductores con multas pagadas en ese periodo decidan ahora recurrir ante el Ayuntamiento para solicitar su devolución.
Las multas que sí se devolverán son aquellas que se encuentran recurridas y las que estuviesen pendientes de cobro, aunque habiendo pasado ya tres años desde que cambiase la ordenanza, en el segundo caso deben quedar muy pocas.






