El Tribunal Constitucional admite los recursos de la Comunidad de Madrid y Galicia contra el impuesto de grandes fortunas pero rechaza de nuevo su suspensión cautelar

El Tribunal Constitucional (TC) ha admitido a trámite los recursos de inconstitucionalidad presentados por la Comunidad de Madrid y Galicia contra el impuesto temporal a las grandes fortunas, también llamado de solidaridad. El Pleno, sin embargo, ha vuelto a rechazar la petición de suspensión temporal que hicieron tanto el Gobierno de Isabel Díaz Ayuso como el de Juanma Moreno, en su caso a través de un recurso de súplica.
Hace unas semanas, el Tribunal de Garantías ya había aceptado a trámite el recurso de inconstitucionalidad presentado por el Gobierno de Andalucía y ya se denegó la suspensión cautelar por primera vez. En la Comunidad de Madrid ya se intuía que esta pretensión difícilmente iba a ser aceptada por el TC. “El fondo se va a ganar seguro, pero la cautelar es muy complicada”, afirmó en febrero Enrique Ossorio, vicepresidente y portavoz del Ejecutivo que preside Isabel Díaz Ayuso.
El también consejero de Educación detalló entonces que los precedentes en causas similares hacían pensar que era “muy raro” que el Constitucional aceptase unas medidas cautelares solicitadas por el gobierno de una comunidad autónoma sobre una ley elaborada por el Gobierno de la Nación. Este tipo de mecanismo es automático cuando es el Estado el que recurre por inconstitucional una norma autonómica, pero no cuando sucede al contrario, remarcó.
El recurso del Ejecutivo madrileño sostiene que el impuesto aprobado por el Gobierno central a finales de 2022, con el objeto de gravar el patrimonio neto de las personas físicas de cuantía superior a tres millones de euros, “invade las competencias fiscales y financieras” de las comunidades autónomas. Además, a su juicio vulnera el principio de seguridad jurídica y los de capacidad económica y no confiscatoriedad.
La Comunidad también censura el procedimiento legal por el que se aprobó el tributo. Se hizo a través de una enmienda a una proposición de ley que ya estaba tramitándose en el Congreso y esto es algo que no se ajusta a la ley, bajo su punto de vista.
La Xunta, a diferencia del recurso de los Consejos de Gobierno de la Comunidad de Madrid y de Andalucía, impugnó la constitucionalidad del impuesto de solidaridad, pero no solicitó la suspensión de la norma.





