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Portada›Temas de interés›El fallo del Tribunal Constitucional sobre la inconstitucionalidad del Estado de Alarma abre la puerta a un ‘tsunami’ de reclamaciones a Pedro Sánchez por los cierres

El fallo del Tribunal Constitucional sobre la inconstitucionalidad del Estado de Alarma abre la puerta a un ‘tsunami’ de reclamaciones a Pedro Sánchez por los cierres

By Capitán Possuelo
15/07/2021
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Este miércoles el Tribunal Constitucional ha estimado el recurso que presentó VOX contra el estado de alarma de Pedro Sánchez.

Esta noticia complica enormemente la situación del Ejecutivo y deja en el aire la posibilidad de que se produzca una oleada de reclamaciones en masa que se sumen a las que ya habían presentado desde numerosos sectores como es el caso de la hostelería, el comercio o los hoteles, una vez se conozca el fallo completo del Tribunal Constitucional.

Y es que en su informe, González-Trevijano asevera que las medidas decretadas por el Gobierno afectaban a los derechos fundamentales de los ciudadanos recogidos dentro de la Constitución Española. Ante esta respuesta del Constitucional, parece difícil que el número de empresas que ya estaban reclamando indemnizaciones al verse obligadas a cerrar durante los meses del confinamiento no aumente.

En OKDIARIO nos hemos puesto en contacto con el despacho de abogados Cremades y Calvo-Sotelo, donde el socio director Diego Solana nos ha explicado que «por el momento hay que esperar a que se conozca al completo el fallo del Constitucional. Lo que tenemos claro es que se podrán recurrir las multas y sanciones por motivos de movilidad, pero dudamos que basándose en la inconstitucionalidad los comercios y bares y restaurantes vayan a poder reclamar».

«Es una pena que el Constitucional haya tardado tanto en emitir este fallo. Realmente si el Gobierno quería limitar la actividad de este tipo de negocios y compañías debería haber decretado el estado de excepción y no el estado de alarma. Por lo tanto creemos que en principio no afectará mucho esta decisión al número de reclamaciones presentadas», añade Solana.

Por su parte, Jesus Padorno, abogado de Legalitas, explica que «habrá que esperar a conocer los detalles del fallo del Constitucional para poder analizar con profundidad lo que esto supone. Los procesos sancionadores como las multas sí se podrán recurrir, pero no creemos que reclamaciones patrimoniales vayan a entrar dentro de este grupo».

El primer estado de alarma impuesto por el Gobierno de Pedro Sánchez también ha provocado un aluvión de demandas de los sectores más afectados por el impacto de las medidas restrictivas por las pérdidas de facturación que sufrieron entre los meses de marzo y mayo.

En el caso de los hosteleros, decidieron ir en masa contra el Estado y pedir responsabilidad patrimonial al Ejecutivo para más de 4.000 bares y restaurantes por un importe de en torno a 1.000 millones de euros.

Unas demandas que se fundamentan en el artículo 3.2 de la Ley Orgánica 4/1981, de 1 de junio, de los estados de alarma, excepción y sitio, que señala que «quienes como consecuencia de la aplicación de los actos y disposiciones adoptadas durante la vigencia de estos estados sufran, de forma directa, o en su persona, derechos o bienes, daños o perjuicios por actos que no les sean imputables, tendrán derecho a ser indemnizados de acuerdo con lo dispuesto en las leyes».

TagsEstado de alarmaPedro SánchezTribunal Constitucional
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