A propósito de Jesús Sepúlveda castigado inmisericorde con 14 años de cárcel por una justicia con distintas varas de medir y después de soportar una pena de banquillo de 12 años

Tengo un gran disgusto. A causa de la sentencia del Tribunal Supremo sobre el caso Gurtel mi buen amigo Jesús Sepúlveda, quien fue alcalde de Pozuelo, acaba de perder su libertad.
Aunque en mi juventud estudié Derecho Romano e Historia del Derecho, como complemento a los estudios de Historia, no entiendo la justicia.
Jesús Sepúlveda dice que no se puede probar documentalmente la acusación que le hizo un concejal (que había pactado con la fiscalía) a quien había marginado por su raro proceder (me dicen que hoy ese concejal está en prisión por otros motivos). Pero, la Audiencia Nacional creyó al raro y, como consecuencia, condenó al ex alcalde a catorce años de prisión por apropiación indebida de fondos y a pagar muchos miles de euros que lo han dejado en la indigencia, doce años después del inicio del proceso.
Y ahora el Tribunal Supremo lo ha confirmado.
Resultado final del embrollo y de las dos sentencias: Sepúlveda ha estado sometido a doce años de pena de banquillo equivalentes a otros tantos de libertad condicional sin poder dedicarse a ningún trabajo para no contaminar a quien se lo diera, y ahora el Supremo confirma los catorce de prisión. Es decir: veintiséis años de condena.
No lo puedo afirmar porque no sé nada de Derecho, pero siento que el fallo del Supremo, que condena a Jesús y exonera al PP, ha sido un fallo.
Para poder entender la finalidad de la condena a la cárcel de cualquier persona leo la Constitución: “Las penas privativas de libertad (y las medidas de seguridad) estarán orientadas hacia la restauración e inserción social” del condenado (artículo 25.2º).
Visto lo que dice la Constitución cabe hacerse unas preguntas derivadas de ella y responderse:
¿Es necesario añadir a los doce años de pena de banquillo otros catorce años de encierro? Respuesta: No, porque Jesús no es ningún peligro social y hay delincuentes de sangre que reciben una pena inferior.
¿No ha sido ya castigado Jesús Sepúlveda?
¿Doce años de libertad condicional no pueden considerarse como parte de los catorce años de prisión a que fue condenado?
La lógica nos dice que sí. En ese caso a Jesús le quedarían dos años de condena. Y según las normas habría que concederle ya el tercer grado con control telemático. Luego no debería haber ingresado en prisión.
¿No se ha reinsertado socialmente Jesús Sepúlveda en sus doce años de libertad condicional? Respuesta: Sí, nadie con sentido común puede afirmar lo contrario.
Acaso los tribunales han aplicado con todo rigor las normas jurídicas, pero todos sabemos que hay ocasiones en las cuales esas normas son excesivas y por ello el gobierno del Reino de España indulta a los presuntos delincuentes.
(¿Cuándo dejaremos de oír la sandez franquista “gobierno del Estado”? ¿Alguien dice “el Estado británico” o el “Estado alemán”?).
Si, como se dice, el gobierno va a indultar a los cataluñeros que intentaron dar un golpe de estado (algunos de ellos dicen no haber renunciado a esas perniciosas intenciones) dañino para todos los españoles ¿por qué no indulta a Jesús Sepúlveda que no ha dañado, ni quiere dañar a nadie?
¿No lo indultará porque su proceso fue en gran medida un juicio contra un partido diferente al PSOE?
Ese mantenimiento de la pena será una sinrazón incomprensible y sectaria.
Somos muchos los pozueleros quienes, sin ninguna relación con la política activa, esperamos la libertad de Jesús para poder tomarnos con él una cerveza -sin alcohol, por supuesto- e irnos después a almorzar.
Domingo Domené





