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Portada›Temas de interés›Pedro Sánchez culpable: La reforma de la nueva Ley del Aborto, la más retrograda de todas aunque la vendan como progre, permitirá a los menores abortar sin autorización paterna

Pedro Sánchez culpable: La reforma de la nueva Ley del Aborto, la más retrograda de todas aunque la vendan como progre, permitirá a los menores abortar sin autorización paterna

By Capitán Possuelo
17/02/2023
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La reforma de la Ley del aborto se ha aprobado de forma definitiva este jueves en el Congreso. Con ella, se busca garantizar la realización de interrupciones voluntarias del embarazo en centros sanitarios públicos y elimina la exigencia de la autorización paterna para las menores de 16 y 17 años.

En ella se van a introducir algunas medidas más novedosas como, por ejemplo, las bajas laborales por menstruaciones incapacitantes, mantiene los plazos fijados por ley en 2010 y avalados por el Tribunal Constitucional, con lo que el aborto seguirá siendo libre en las primeras 14 semanas de gestación.

De forma excepcional se podrá interrumpir el embarazo hasta la semana 22, cuando exista un grave riesgo para la vida o la salud de la embarazada y riesgos de anomalías para el feto. Después solo podrá ser posible cuando se detecten anomalías fetales que son incompatibles con la vida o una enfermedad muy grave e incurable que está confirmada por un comité clínico.

Claves de la reforma de la Ley del aborto

Estas las claves principales de la reforma de la Ley del aborto impulsada por el Ministerio de Igualdad:

-Los centros sanitarios públicos tendrán que organizar sus servicios para ofrecer y garantizar la prestación del aborto.

-Las mujeres van a poder interrumpir de forma voluntaria su embarazo a partir de los 16 años. De esta manera, se elimina el requisito que se introdujo el Gobierno del PP en 2015 en el que se obligaba a las menores de 16 y 17 años a tener un consentimiento por parte de sus representantes legales.

-Se crea un registro de objetores de conciencia que tendrán que comunicar de forma individual, por escrito y con antelación si pueden practicar abortos. Los que se declaren objetores no podrán realizar esta práctica tampoco en la sanidad privada.

-Se elimina la obligación de informar a la mujer sobre prestaciones o ayudas de apoyo a la maternidad. También se elimina el plazo de reflexión de tres días.

-Con la reforma se amplía el derecho reproductivo a todas “las personas trans con capacidad de gestar”, es decir, todas las personas que han cambiado su sexo a masculino, pero siguen teniendo aparato reproductor femenino.

Por otra parte, también autoriza estas barbaridades:

-Con la ley se establece el derecho a la incapacidad laboral temporal por reglas dolorosas incapacitantes.

-Esta reforma apuesta por la gratuidad de todos los productos de higiene menstrual (compresas, tampones o copas menstruales) en centros sociales, prisiones y centros educativos.

-Derecho a la incapacidad temporal desde la semana 39 del embarazo y mientras se esté recibiendo asistencia sanitaria por un aborto.

-Formación en toda la enseñanza obligatoria de educación afectivo-sexual.

-Acceso público y universal a la anticoncepción y se insta a los poderes públicos a fomentar la corresponsabilidad, apoyando la investigación y financiación a la anticonceptiva masculina.

-Para prevenir los vientres de alquiler, que son ilegales en España, se prohíbe la publicidad de agencias que actúan como intermediarios.

-El aborto forzoso, esterilización y anticoncepción forzosa, y la gestación por sustitución se consideran como violencias en el ámbito de la salud sexual y reproductiva de la mujer.

(Gentileza Vozpópuli)

TagsAborto 16 añosIrene MonteroPedro Sánchez
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