Sorprendente decisión por la que Tejero restringe la construcción de vivienda a precios asequibles en Pozuelo (en momento político tan crítico) alegando intereses discrecionales

El Pleno ordinario del Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón celebrado el pasado día 17 de septiembre adoptó, entre otros, un acuerdo que no debe pasarnos desapercibido.
Se trata de una decisión relacionada con la posibilidad de promover vivienda destinada al alquiler de precio asequible.
Sorprendentemente, el Gobierno de la alcaldesa Paloma Tejero decidió restringir una opción que la Comunidad de Madrid estaba tratando de promover para facilitar la puesta en el mercado de vivienda protegida en régimen de alquiler.
Con ella suele pasar. Una cosa es la que dice y otra la que hace.
Y en ese Pleno se condicionó la construcción de vivienda a precios asequibles pese a lo que vende…
También puede ser que responda a viejos intereses discrecionales que tanto daño hicieron a esta ciudad…
Para comprenderlo, debemos remitirnos a la ley 2/2026 de 11 de junio de la Comunidad de Madrid por la que se modifica la ley 3/2024 de 28 de junio, de medidas urbanísticas para la promoción de vivienda protegida y la Ley 9/2001 del Suelo de la Comunidad de Madrid.
En su artículo primero establece que aquellas parcelas situadas en suelo urbano consolidado, en suelo urbano no consolidado o en suelo urbanizable sectorizado que cuenten con ordenación pormenorizada suficiente para llevar a cabo su ejecución y tengan una calificación de uso dotacional privado se podrá implantar vivienda de protección pública en régimen de alquiler.
Asimismo, el mismo artículo, en su apartado Dos, establece la posibilidad de incrementar la edificabilidad y densidad en parcelas destinadas a la construcción de viviendas con protección pública.
No obstante, para hacer estas nuevas posibilidades efectivas, la nueva ley estipula que los ayuntamientos podrán, en el plazo de cuatro meses desde la entrada en vigor de esta ley, mediante un acuerdo de Pleno, decidir no aplicar en su término municipal el régimen previsto en el ese artículo, así como establecer medidas restrictivas adicionales.
Pues bien, exactamente esto último es lo que acaba de hacer la corporación municipal.
Los acuerdos adoptados rezan textualmente como sigue:
PRIMERO. – No autorizar la implantación del uso residencial alternativo destinado a vivienda protegida en arrendamiento en suelo urbano y urbanizable, calificado por el PGOU de Pozuelo de Alarcón como dotacional privado, y que forme parte de urbanizaciones y entornos urbanos donde la tipología de vivienda unifamiliar sea mayoritaria, recogido en el artículo segundo de la ley 3/2024 de 28 de junio, en la redacción dada por la ley 2/2026 de 11 de junio de medidas urgentes para el incremento de la Oferta de Vivienda con protección Pública.
SEGUNDO. – Limitar la aplicación del artículo tercero de la ley 3/2024, de 28 de junio, en la redacción dada por la Ley 2/2026, de 28 de junio, de medidas urgentes para el incremento de la Oferta de Vivienda con Protección Pública, relativo al “Incremento de edificabilidad y densidad en parcelas destinadas a la construcción de viviendas con protección pública”, en aquellos casos donde el incremento de la edificabilidad y densidad supere los estándares razonables que generan calidad urbana en el entorno urbano inmediato a juicio del órgano competente debidamente motivado, atendiendo a las circunstancias de cada caso concreto.
El primer acuerdo no requiere mayor explicación, pues es una prohibición explícita.
El segundo acuerdo, por el contrario, nada en la ambigüedad y deja la decisión de ampliar la edificabilidad de vivienda protegida a una interpretación discrecional, dictada por un “órgano competente” sin especificar de qué órgano se trata.
Como suele ser habitual por estos lares, todo parece indicar que nuestros próceres municipales se guardan la facultad de decidir quién puede y quién no puede hacer qué cosa.
- ¿Qué estándares razonables que generen calidad urbana son esos?
- ¿Quién decide qué es calidad urbana?
- ¿Cómo se mide la calidad urbana?
- ¿Qué se entiende por entorno inmediato?: ¿Un radio de cien metros?; ¿Un radio de mil metros?; ¿Un radio de diez kilómetros?
- ¿Qué clase de circunstancias son esas que van a determinar cada caso concreto?
Habría sido políticamente mucho más limpio y hubiera sido objeto de muchas menos conjeturas que, de forma limpia y transparente, se hubiera limitado ese incremento de edificabilidad, pues puede haber razones para hacerlo.
Pero no, nuestro ayuntamiento sigue instalado en el oscurantismo.
Todos sabemos el momento político que estamos atravesando.
Estamos viendo como la vivienda se ha constituido en el principal caballo de batalla de cara a las próximas elecciones generales, donde España se juega poco menos que su supervivencia como nación.
Mientras tanto, estamos asistiendo a una batalla liderada por la presidenta de nuestra Comunidad para hacer frente al que, en círculos cercanos al Partido Popular de Pozuelo de Alarcón, se denomina con desprecio como el “déspota iletrado”.
Continuamente oímos apelaciones por parte de los dirigentes autonómicos y nacionales del principal partido de la oposición a la falta de seguridad jurídica, como causa de la parálisis económica y como una de las causas que dificultan la construcción de las viviendas que necesita este país para dar cabida a la ingente cantidad de inmigrantes que se introducen en nuestro país cada año.
La capacidad de aprobar, denegar o dilatar los expedientes de concesión de licencias para determinar quién puede o no puede hacer qué cosas, ha sido una práctica que se mantiene lamentablemente en nuestra memoria pozuelera.
Todavía recordamos los tiempos en los que ASPRIMA, la asociación de promotores inmobiliarios de Madrid remitió una carta para pedir explicaciones por las demoras en las concesiones de licencias de obra en Majadahonda, Pozuelo de Alarcón y San Sebastián de los Reyes.
Pero tal como expuso algún medio entonces, estas dilaciones no afectaban por igual a todos. Recuérdese si no, como botón de muestra, lo que se publicaba allá por 2018: https://www.merca2.es/2018/11/16/afar-4-la-constructora-que-salva-el-veto-urbanistico-de-majahonda-90926/
Esperemos que no estemos volviendo a las andadas.
En un momento político de extrema criticidad, donde los dirigentes del principal partido de la oposición deben mostrar un comportamiento exquisito, no podemos permitirnos ninguna clase de maniobra sospechosa…
Isabel Díaz Ayuso realizaba recientemente una intervención ante las cámaras de los medios de comunicación en la que declaraba lo siguiente:
Vamos a utilizar todos los instrumentos jurídicos a nuestro alcance para preservar la propiedad privada, el libre mercado, el estado de derecho, la seguridad jurídica y la constitución
Sin duda, preservar el libre mercado y la seguridad jurídica son objetivos muy loables.
Por favor, presérvenlos también allí donde gobiernan, como es el caso de Pozuelo de Alarcón
De paso, líbrennos de intrusas y de marrulleros.
Juan Pozuelo






