Sánchez, acojonado por el éxito, ordena al delegado del Gobierno en Madrid (Fco Martín) que mamonee con conceptos legales la concentración en apoyo a Ceuta para tocar las narices

La Delegación del Gobierno en Madrid ha provocado un cambio en la naturaleza jurídica de la convocatoria prevista este miércoles, 2 de septiembre, en apoyo a Ceuta.
El acto comunicado por el Ayuntamiento de Madrid no podrá tramitarse como una concentración al amparo del derecho fundamental de reunión, según el escrito remitido por el delegado del Gobierno, Francisco Martín Aguirre, aunque el Consistorio sí podrá celebrarlo como acto institucional.
La respuesta de la Delegación llega después de que el Ayuntamiento comunicara el pasado 31 de agosto el ejercicio del derecho de reunión para la convocatoria.
El Gobierno sostiene que los ayuntamientos y sus alcaldes, cuando actúan en representación de la Administración municipal, no son titulares de este derecho, de acuerdo con la doctrina del Tribunal Constitucional.
De concentración a acto institucional
El escrito firmado por Martín Aguirre no prohíbe la celebración del acto. De hecho, señala expresamente que la decisión de no tramitar la comunicación conforme a la Ley Orgánica 9/1983 “no afecta a la posibilidad” de que el Ayuntamiento organice los actos institucionales que estime oportunos, incluido el comunicado en apoyo a Ceuta. La diferencia está, por tanto, en la consideración jurídica de la convocatoria.
La Delegación explica que las concentraciones y manifestaciones forman parte del derecho fundamental de reunión reconocido en el artículo 21 de la Constitución Española. Según recuerda en su escrito, el Tribunal Constitucional ha establecido que este derecho corresponde con carácter general a las personas físicas y, derivadamente, a las personas jurídicas.
No ocurre lo mismo con las Administraciones Públicas. El documento sostiene que “ni los alcaldes en tanto que presidentes del Ayuntamiento respectivo, ni éste mismo pueden ser titulares del derecho de reunión”.
Por esta razón, la Delegación comunica al Ayuntamiento que su escrito no puede tramitarse siguiendo el procedimiento previsto para manifestaciones y concentraciones ciudadanas.






