El juez Peinado insiste en juzgar a Begoña Gómez ante un jurado popular por cinco presuntos delitos y la cita a comparecer el 1 de abril junto a Barrabés y Cristina Álvarez

El juez Juan Carlos Peinado ha dictado este viernes un auto en el que acuerda, de nuevo, que el futuro juicio contra Begoña Gómez por la comisión de cinco presuntos delitos se lleve a cabo en presencia de un jurado popular. El togado cita a comparecer el próximo 1 de abril de 2026 a las 12.00 horas a la esposa de Pedro Sánchez, el empresario Juan Carlos Barrabés y la asesora de Moncloa, Cristina Álvarez.
Cabe recordar que, el pasado mes de febrero, la Audiencia Provincial de Madrid tomó la decisión de anular de forma provisional que el hipotético juicio se llevase a cabo en presencia de 9 ciudadanos legos en Derecho. En concreto, los magistrados de la Sección 23, que son los encargados de resolver los recursos presentados contra las decisiones de Peinado, manifestaron que el instructor no había motivado correctamente su decisión.
El tribunal le reprochó que, ante delitos de tanta gravedad, no bastaba con ofrecer una “simple exposición objetiva de los hechos”, sino que era necesario realizar “un mínimo esfuerzo argumentativo que justificara la tipicidad, la antijuridicidad de la conducta y la participación delictiva”. Por ello, le instó a emitir un auto nuevo mejor fundamentado, que es lo que precisamente ha hecho ahora en una resolución judicial de 47 folios a la que ha tenido acceso Vozpópuli.
En este nuevo escrito, el instructor detalla que el objeto de este escrito “no es anticipar un hipotético auto de apertura de juicio oral o de sobreseimiento”, sino el de “verificar la verosimilitud” de los indicios que ha recabado contra Begoña Gómez por los cinco presuntos delitos por los que la investiga.
Para el titular del Juzgado de Instrucción Número 41 de Madrid, la investigación “no ofrece duda alguna” de que Gómez, “desde su prevalente posición de esposa del presidente del Gobierno” incurrió en presuntos delitos de delito de tráfico de influencias, corrupción privada, apropiación indebida, intrusismo profesional y malversación.
La presidencia de Sánchez produjo “un cambio” en la trayectoria profesional de Gómez
Otro de los aspectos que le llaman la atención al togado es que, desde que Pedro Sánchez se hizo con la presidencia de España en junio de 2018, la carrera profesional de su esposa tomó “un cambio inmediato y significativo”. Y es que, hasta el momento, al ámbito laboral privado del marketing y la consultoría en el Grupo Inmark, empresa de la que solicitó una excedencia en 2018.
Asimismo, resalta que, un mes después de la llegada de Pedro Sánchez al Gobierno, Presidencia del Gobierno fichó a Cristina Álvarez, como “Directora de Programas”, quedando sus funciones ligadas a la agenda pública e institucional de Begoña Gómez y no a su esfera privada, “extremo que la propia investigada reconoció en su declaración de 10 de septiembre de 2025”. En concreto, manifestó que era su amiga y que “por ese motivo le había hecho algunos favores, si bien, la investigada, aludió a dichos favores como algo excepcional”.
Para justificar que un jurado popular juzgue a la esposa del presidente del Gobierno por los cinco delitos que se le imputan, el magistrado expone que “es clara la conexidad de los hechos expuestos, tanto de carácter objetivo como subjetivo, que hacen necesaria la acumulación de los hechos investigados para su tramitación conjunta”.






