Pedro Sánchez ya no es de este mundo: No se da por aludido y aplaude que la UE pida endurecer las penas por malversación porque coge a España «con los deberes hechos»

Pedro Sánchez niega que la propuesta europea de aplicar mayores castigos a la corrupción suponga una desautorización al Gobierno. Al contrario. El presidente del Ejecutivo ha celebrado este jueves la iniciativa de Bruselas de obligar a los países miembros a endurecer las penas por malversación, a pesar de la reciente reforma penal pactada con ERC que rebaja las condenas por estos delitos en algunos supuestos, y que la nueva directiva de Bruselas obligaría a volver a elevar.
El jefe del Ejecutivo ha valorado que se trata de una «buena noticia» que la Comisión Europea abogue por armonizar las penas por estos delitos, y ha asegurado que esta iniciativa coge a España «con los deberes hechos», ya que en la última reforma del Código Penal se introdujo el delito de enriquecimiento ilícito, que Bruselas pide incluir en su directiva y que no reconocen todos los países de la Unión Europea.
En estos términos se ha expresado Pedro Sánchez en una rueda de prensa conjunta con el presidente de Colombia, Gustavo Petro, de visita oficial en España, si bien ha eludido pronunciarse sobre si el Ejecutivo que dirige tendrá que volver a reformar el citado delito para ampliar las penas.
El fascinante espectáculo de un grado tóxico de cinismo tal que podría derretir el plomo de su propia jeta mientras habla. Podría afirmar que llueve en medio de una hoguera sin un grito. Tremenda psique. https://t.co/HL3wtMyI0P
— Jorge Bustos (@JorgeBustos1) May 4, 2023
Bruselas plantea en su propuesta una pena máxima de al menos cinco años por los delitos de corrupción, lo que en el caso de España supondría endurecer los dos tipos atenuados creados con la última reforma penal. Dicha reforma, que entró en vigor el pasado 12 de enero, mantuvo el tipo tradicional de malversación en el artículo 432 con las mismas penas (de dos a 12 de cárcel y seis a 20 de inhabilitación), pero precisando que debe haber «ánimo de lucro» cuando la autoridad o funcionario público «se apropiare o consintiere que un tercero, con igual ánimo, se apropie del patrimonio público que tenga a su cargo por razón de sus funciones o con ocasión de las mismas».
Así, creó dos tipos atenuados de malversación cuando el citado supuesto de ánimo de lucro no se dé. Uno para cuando «la autoridad o funcionario público que, sin ánimo de apropiárselo, destinare a usos privados el patrimonio público puesto a su cargo por razón de sus funciones o con ocasión de las mismas», con penas de seis meses a tres años de prisión e inhabilitación de un a cuatro años.
Y un segundo tipo para «la autoridad o funcionario público que, sin estar comprendido en los artículos anteriores, diere al patrimonio público que administrare una aplicación pública diferente de aquélla a la que estuviere destinado«, sancionado con entre uno y cuatro años de cárcel y entre dos y seis de inhabilitación.
Conforme a la propuesta lanzada este miércoles por Bruselas, el artículo 432 -al tener una pena máxima de 12 años- quedaría indemne, pero los dos nuevos tipos no cumplirían, por contemplar máximas de tres y cuatro años, por debajo de ese umbral de cinco señalado por el Ejecutivo comunitario.
La iniciativa de la Comisión pretende actualizar y armonizar las normas de la UE sobre definiciones y penas de los delitos de corrupción para combatir toda la gama de delitos de corrupción, prevenir mejor la corrupción y mejorar la aplicación de la ley. La propuesta de directiva tendrá que ser negociada ahora por los estados miembros y el Parlamento Europeo.
(Gentileza The Objetive-Daniel Esparza)