Los golpistas catalanes condenados por sedición pedirán su absolución total al Tribunal Supremo a partir de hoy que entra en vigor la reforma del Código Penal a su medida
Los dirigentes golpistas condenados por el ‘procés’ preparan recursos para reclamar al Tribunal Supremo (TS) que dicte una nueva sentencia absolutoria cuando, a partir de este jueves, entre en vigor la reforma del Código Penal pactada entre los independentistas y el Gobierno de España.
Según avanzaron varios medios de comunicación el miércoles, los independentistas pedirán en sus escritos no solo su absolución, sino también que se extinga su responsabilidad penal y las penas de inhabilitación que el Supremo les impuso en 2019.
LA LEGISLACIÓN MÁS BENEFICIOSA PARA LOS CONDENADOS
Una vez entre en vigor la reforma del Código Penal, el TS abrirá un expediente para revisar el fallo y solicitará a las partes que presenten sus escritos sobre el impacto que la modificación tiene sobre los condenados. Entre ellos, el exvicepresidente del Govern Oriol Junqueras (ERC) y el extitular de Interior Joaquim Forn, cuyo letrado, Javier Melero, señala que su intención es solicitar la absolución, según informa ABC. Para ello, se acogen a la circular 3/2010 de la Fiscalía General del Estado, sobre el régimen transitorio aplicable a la reforma del Código Penal. Esta circular detalla que la revisión de sentencias ha de partir del principio de retroactividad de la ley penal más favorable para el reo y que, cuando con motivo de la reforma resultare la despenalización de alguna de las conductas, se valorará la legislación más beneficiosa para los condenados.
SOLICITAN QUE SE LES ABSUELVA DE TODOS LOS DELITOS
Así, en sendos escritos, sus defensas solicitarán que se les absuelva de todos los delitos, incluyendo el de malversación, y también que se extingan las inhabilitaciones que pesan sobre ellos. Es decir, si así fuera, podrían volver a concurrir como candidatos en unas futuras elecciones.
El Senado aprobó el pasado 22 de diciembre la reforma exprés del Código Penal, impulsada por el PSOE y Unidas Podemos, para rebajar el delito de malversación y derogar el de sedición.
Moncloa vendió la iniciativa como medida para “desjudicializar” el ‘procés’ y también para acercar el ordenamiento jurídico español a las democracias europeas, en palabras de Pedro Sánchez.
Los independentistas de Junts se mostraron no obstante críticos con la modificación. Entre ellos, su secretario general, Jordi Turull, condenado a 12 años de cárcel por el 1-O, que defendió que el referéndum prohibido por el Tribunal Constitucional no era un delito y, por tanto, que la reforma no era solución. De hecho, el partido independentista votó en contra de la modificación en la Cámara Alta –igual que PP, Vox y Cs–, pese a que la reforma salió adelante con el apoyo de ERC, Bildu, PNV y Més per Mallorca–.
La sedición se sustituye ahora por otro delito, el de desórdenes públicos agravados, penado con un máximo de cinco años de cárcel y ocho de inhabilitación.
EL GOBIERNO VE LÓGICA LA PETICIÓN DE LOS INDEPENDENTISTAS
El ministro de Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática, Félix Bolaños, ve “lógico” que los abogados de los condenados por el ‘procés’ pidan su absolución al Tribunal Supremo (TS) cuando este jueves entre en vigor la reforma del Código Penal y ha recalcado que le corresponde ahora a la Sala Segunda revisar la condena de inhabilitación porque la de prisión ya fue indultada.
En una entrevista en TVE, el ministro ha asegurado que estas peticiones se corresponden con el funcionamiento “absolutamente normal” después de una reforma del Código Penal por la que se ha modificado la tipificación de los hechos que ocurrieron en el año 2017 en Cataluña.
“Ahora son unos hechos y tipología diferente y, por tanto, lo que procede es que la Sala Segunda del Tribunal Supremo pueda revisar la condena de inhabilitación porque la condena de prisión ya fue indultada”, ha apuntado el ministro.
Bolaños ha hecho hincapié en que las nuevas penas son superiores a la inhabilitación que tienen en este momento los dirigentes independentistas condenados porque el Código Penal ahora establece penas de inhabilitación tanto para los desórdenes públicos agravados como para la malversación, de tal manera que, “sumando esas dos penas, suma la posibilidad de que haya 14 años de inhabilitación”.
A renglón seguido, el ministro ha apuntado que es competencia del TS decidir si procede reducir la pena respecto al Código Penal anterior en manteria de inhabilitación o si, por el contrario, corresponde la aplicación de la disposición transitoria mantener los trece años que están dentro del umbral de las penas que se han establecido. A partir de ahí, el ministro dice que las partes defenderán a sus clientes y los jueces deberán aplicar la ley.
Con todo, ha puesto en valor que las penas ahora son europeas y con esta homogeneización “no hay excusa” para que no se aplique el Código Penal fuera de las fronteras. “Me parece que aplicar una ley que nos homogeneiza creo que es una manera de que funcionen las instituciones con total normalidad”, ha añadido.
(Gentileza de Madridpress)