El Gobierno de España pasa de la no obligatoriedad de llevar mascarilla a su exigencia forzosa en cualquier espacio a partir de hoy, independientemente de la distancia interpersonal

El Boletín Oficial del Estado (BOE) publicó este martes una nueva ley de medidas urgentes de prevención y contención del Covid-19 que impone el uso de mascarillas en cualquier espacio público, independientemente de la distancia interpersonal que pueda existir. Así será obligatorio llevarla, entre otros lugares, en las playas, en la piscinas o en el campo.
Hasta ahora la normativa estatal obligaba el uso de mascarilla al aire libre solo cuando la distancia entre personas era inferior a un metro y medio, aunque existían diversas regulaciones autonómicas que modificaban esta normativa dependiendo de circunstancias.
A partir de hoy la mascarilla en los espacios al aire libre será obligatoria por ley en toda España: no habrá excepciones por comunidades autónomas.
Entre las medidas contempladas en el texto, que entra hoy en vigor y se mantendrá hasta que acabe la pandemia, se mantiene la obligación para las personas, a partir de los seis años, de usar mascarilla en la vía pública, en espacios al aire libre y en cualquier espacio cerrado de uso público o que se encuentre abierto al público, incluso aunque se mantenga la distancia de seguridad de 1’5 metros.
El uso de mascarilla no era obligatorio en casi ninguna comunidad, por ejemplo, al tomar el sol en playas o piscinas, o al pasear por el monte o a la orilla del mar, siempre y cuando se garantizara la distancia de seguridad.
En algunas regiones, como Andalucía, ya se impuso esta medida el verano pasado con multas de hasta 100 euros en el caso de incumplirla. Solo se podía retirar durante el baño o el consumo de algún producto.
En cualquier caso, la mascarilla no será exigible para las personas que presenten algún tipo de enfermedad o dificultad respiratoria que pueda verse agravada por el uso de la mascarilla o que, por su situación de discapacidad o dependencia, no dispongan de autonomía para quitarse la mascarilla, o bien presenten alteraciones de conducta que hagan inviable su utilización.
“Tampoco será exigible en el caso de ejercicio de deporte individual al aire libre, ni en los supuestos de fuerza mayor o situación de necesidad o cuando, por la propia naturaleza de las actividades, el uso de la mascarilla resulte incompatible, con arreglo a las indicaciones de las autoridades sanitarias”, señala el documento.






