El Gobierno de España declara a la Comunidad de Madrid zona catastrófica por los daños ocasionados de la gran nevada de la borrasca ‘Filomena’
El Consejo de Ministros ha aprobado la declaración de Zona Afectada Gravemente por una Emergencia de Protección Civil –lo que antes se conocía como zona catastrófica– para la Comunidad de Madrid y otras siete Comunidades Autónomas afectadas por el temporal de nieve ‘Filomena’.
Así lo ha anunciado la ministra portavoz del Gobierno, María Jesús Montero, que ha precisado que las comunidades afectadas son Asturias, Castilla y León, Castilla-La Mancha, Andalucía, Aragón, La Rioja, Navarra y Madrid.
El objetivo del Ejecutivo es, según ha defendido Montero “agilizar el conjunto de los procedimientos para que lleguen pronto las ayudas y evitar cualquier demora a las condiciones de vida en buena parte del país” y la paralización total o parcial de parte de los servicios esenciales por lo que conviene “no demorar” esta declaración.
Sin embargo, el acuerdo formulado este martes no ha podido incluir aún una cuantificación precisa de los daños, por lo que una vez se haga una estimación definitiva se procederá a aprobar en el seno del Consejo de Ministros un nuevo acuerdo de Real Decreto “con mayor concreción”, que limitará el ámbito geográfico e incluirá las medidas compensatorias.
Entre otras ayudas, la declaración de zona gravemente afectada por emergencia de Protección Civil incluye ayudas en casos de fallecimiento o incapacidad derivada de ‘Filomena’, regulan las compensaciones por daños en viviendas y enseres, desperfectos en negocios, establecimientos mercantiles, agrarios, ganaderos, marítimos-pesqueros o turísticos.
También se contemplan ayudas a los Ayuntamientos por los daños sufridos con los límites que marca la ley, e incluye también una subvención del 50 por ciento para las corporaciones locales que hayan tenido que contratar servicios para recuperar la normalidad.
Montero ha señalado que según la Ley 17/2015, de 9 de julio, del Sistema Nacional de Protección Civil (LSNPC), “todos” los ministros quedan facultados para declarar zonas gravemente afectadas en el ámbito de sus competencias dirigidas a la restauración, reparación de infraestructuras, etcétera.
Montero ha añadido también que en el ámbito fiscal y laboral, las ayudas están exentas de IRPF y también establecen reducciones en impuestos como el IBI, Actividades Económicas o la exención a las tasas de Tráfico, así como rebajas en el IVA para las explotaciones agrarias y ganaderas en zonas afectadas y exoneraciones a los empresarios de las cuotas de los trabajadores.
En los casos de extinción del contrato laboral, las indemnizaciones de los trabajadores podrán correr a cargo del Fondo de Garantía Salarial con los límites legalmente establecidos. Además, el Servicio Público de Empleo Estatal podrá autorizar que el tiempo de paro no compute a los efectos de consumir los períodos máximos de percepción establecidos y podrá autorizar que reciban prestaciones por desempleo trabajadores que carezcan de los períodos de cotización necesarios para tener derecho a ellas.
Por su parte, la Tesorería General de la Seguridad Social podrá exonerar al empresario del abono de las cuotas de la Seguridad Social mientras dure el periodo de suspensión de un contrato laboral, que sin embargo será considerado como efectivamente cotizado por el trabajador.
No obstante, la ministra portavoz insiste en que aún no se ha realizado una cuantificación de los daños que está acometiendo el Ministerio del Interior, con los demás departamentos ministeriales y las administraciones territoriales, las Delegaciones del Gobierno y las Administraciones afectadas.
Una vez elaborada esta memoria, el Consejo de Ministros elaborará un nuevo acuerdo con las medidas a adoptar y que sirva de “red de seguridad” para el conjunto de familias afectadas.