Archivada la denuncia contra la Comunidad de Madrid por los muertos en la residencia de Ciempozuelos que había planteado una persona particular
La Fiscalía pidió el archivo de la causa planteada por una particular al no encontrar en las actuaciones de la Administración madrileña ningún indicio de criminalidad.
Ni mala fe, ni desatención. El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 6 de Valdemoro ha decretado el archivo de la causa penal abierta, en diligencias previas, contra la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid por un presunto delito de denegación de auxilio.
El órgano judicial ha resuelto que no hubo comportamiento negligente de la Administración regional en la Residencia de la Tercera Edad Pablo Neruda, donde fallecieron varias personas a causa de la enfermedad, durante la gestión de la pandemia ocasionada por el coronavirus. Además, el juez ha rechazado las medidas cautelares solicitadas por la denunciante para convertir la residencia en un hospital geriátrico.
El titular del juzgado se ha apoyado en el escrito del Ministerio Fiscal que, a la luz de la información disponible, encontró que los hechos denunciados no constituyeron comportamiento delictivo alguno ni, especialmente, el ilícito de omisión del deber de socorro.
Como queda recogido en el Auto, la situación de pandemia, de la que se ha derivado una objetiva saturación de la Administración Sanitaria, dada su inabarcabilidad, implica que «difícilmente dicha Administración Sanitaria pueda cubrir toda la atención que se le reclama y en los términos precisos o con el alcance que se le reclama, constando asimismo la escasez del material sanitario, lo que implica que no es posible en Derecho imputar a la Comunidad de Madrid un delito de omisión del deber de socorro dada la clara inexistencia de dolo o de intencionalidad«.
Esto es, en ningún momento la institución autonómica competente se negó a prestar la atención o desatender las reclamaciones de ayuda que se le hicieron pues, «la situación pandémica, con las referidas características, actúa como una lógica causa de justificación, excluyendo la culpabilidad en los hechos».
Sin perjuicio de lo anterior, el Juzgado ha puesto en conocimiento de la Comunidad de Madrid, del Estado y el Ministerio de Defensa los hechos, para que, «en la medida de sus posibilidades», puedan adoptar las medidas tendentes a proporcionar el material sanitario que evite el contagio del virus en el centro, entre sus residentes y trabajadores, y se proceda a su desinfección.