Con el agravante de parentesco: Ana Julia Quezada es la primera mujer condenada a prisión permanente revisable por el asesinato de Gabriel Cruz
El juzgado ha decretado una pena de prisión permanente revisable con agravante de parentesco para Ana Julia Quezada por el asesinato del niño Gabriel Cruz. La dominicana se convierte así en la primera mujer condenada a prisión permanente revisable en España.
La Audiencia Provincial de Almería ha condenado a Ana Julia, de 45 años, según sentencia notificada a las partes, a prisión permanente revisable por el asesinato, con el agravante de parentesco, de Gabriel Cruz, de ocho años, el 27 de febrero en Rodalquilar (Níjar).
Además, la procesada ha sido condenada también por dos delitos de lesiones psíquicas a los padres de Gabriel Cruz, por ocultarles durante 12 días que había matado al niño “por sofocación”, como explica la sentencia y dio por probado el tribunal, y a dos delitos contra la integridad moral, cometidos también contra los progenitores, Patricia Ramírez y Ángel David Cruz.
Estos delitos suman en total ocho años y tres meses más de condena sobre Ana Julia Quezada, según la sentencia hecha pública este lunes por el gabinete de prensa de la Audiencia Provincial almeriense.
Después de que hace 10 días el jurado popular estimara que Quezada fue la autora de la muerte de Gabriel con alevosía pero sin ensañamiento y sin premeditación, el tribunal presidido por la juez Alejandra Dodero se ha apoyado en el agravante de parentesco para condenar a Quezada a la mayor pena contemplada en el ordenamiento jurídico español.
Quezada, si la pena hoy establecida no es recurrida, pasará 25 años en prisión hasta la primera revisión de su condena.
Aunque el padre de Gabriel y Quezada no están casados, ella se prevalió de su condición de pareja del padre para atraer hacia sí al niño y matarlo.
En concepto de responsabilidad civil, la sentencia obliga a Quezada a abonar por daños morales a los padres del menor la cantidad de 250.000 euros a cada uno de ellos.
Tampoco podrá acercarse a ellos a menos de 500 metros por un periodo de 30 años. Junto a ello, además, tendrá que abonar los gastos ocasionados al Estado en las labores de búsqueda del menor, que ascienden a la suma de 200.203 euros.