El tiempo corre: Juan Trinidad tiene de plazo máximo hasta el 2 de julio para proponer un candidato a la investidura en un Pleno que, como muy tarde, tendrá que celebrarse el 11 de julio

El presidente de la Asamblea de Madrid, Juan Trinidad, tiene de plazo máximo hasta el 2 de julio para proponer un candidato a la investidura en un Pleno que, como muy tarde, tendrá que celebrarse el 11 de julio y que, de resultar fallida, activaría el reloj para la repetición de las elecciones en dos meses a partir de ese momento.
Mientras, como los plazos corren, está previsto que esta semana Trinidad comience a llamar a los portavoces de los grupos políticos a consultas. En ellas, cada portavoz le propondrá un diputado como candidato a la Presidencia regional.
El presidente deberá escuchar a los seis representantes políticos y valorar luego las posibilidades reales de formar gobierno de cada candidato. Fuentes del PP no esconden que les gustaría cerrar un pacto antes del fin de semana del 6 y 7 de julio.
Si alguno cuenta con los apoyos suficientes para sacar adelante una sesión de investidura, Trinidad formalizará la propuesta, fijará la fecha de celebración de la sesión de investidura –entre el tercer y el séptimo día después de decidirse el candidato– y convocará el Pleno.
No obstante, esta no es la única opción: el actual reglamento de la Asamblea madrileña, que se aprobó hace apenas unos meses, contempla por primera vez otro supuesto: una investidura sin candidato. Aunque parezca marciano, el artículo 182.3 recoge claramente que, si «tras la consulta con los representantes» de los partidos, el presidente de la Asamblea «no pudiera proponer al pleno un diputado como candidato» porque ninguno contara con suficientes votos, podría fijar «la fecha para la celebración de la sesión» incluso sin nombre a quién votar. Esto llevaría a celebrar la sesión y «si la referida situación continuara» –prosigue el artículo–, se «dará cuenta al Pleno de la imposibilidad de proponer un candidato».
Tras una intervención de cada portavoz político para plantear su posición y constatado que «en dicha sesión de investidura ningún candidato habría obtenido la confianza de la Asamblea», comenzaría a correr el reloj: se iniciaría el plazo de dos meses que recoge el Estatuto pasado el cual, de no haber presidente, se convocarían nuevas elecciones.