El Ayuntamiento de Pozuelo deberá devolver el impuesto de plusvalía indebidamente cobrado y no cobrar ninguna plusvalía hasta que se modifique la Ley

El pasado 16 de febrero el Tribunal Constitucional ha resuelto la cuestión de inconstitucionalidad promovida por un juez de lo contencioso de Guipúzcoa sobre varios artículos de la Norma Foral 16/1989, que regula el Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana. Dichos preceptos, idénticos a los recogidos en la Ley de Haciendas Locales y en nuestra Ordenanza Fiscal que regula dicho gravamen, han sido declarados inconstitucionales y nulos en la medida en que someten a tributación, situaciones de inexistencias de incrementos de valor.
La sentencia viene a decir que la normativa reguladora no admite como posibilidad, ni la eventual inexistencia de un incremento, ni la posible presencia de un decremento. Ambas cosas vienen a ser lo mismo, pero ambas son también clarificadoras a la hora de entender la errónea interpretación que han venido haciendo las Concejalías de Hacienda de todos los ayuntamientos de este país.
El Constitucional tardará unos meses en extender su sentencia al resto de España, por ello no es urgente iniciar el proceso de devolución de impuestos cobrados indebidamente, pero sí debe ser ágil y, según se ha comprometido en este Pleno de marzo aprobando la moción presentada por nuestro Grupo Municipal Ciudadanos, la Concejalía de Hacienda debe crear un sistema sencillo para el reclamante, que no demore en exceso el tiempo de respuesta y que evite que éste acuda a los juzgados, ya que en los últimos años, los pequeños ahorradores han encontrado en los despachos de abogados especializados en litigios masivos, una vía para llevar a término sus reclamaciones. Me refiero a casos como las preferentes de Bankia, la salida a bolsa de Bankia, cláusulas suelo de las hipotecas y, próximamente a la luz de la sentencia del Constitucional, devolución del impuesto de plusvalías a propietarios que han vendido sus inmuebles a un menor precio que lo compraron.
Desconozco el importe que ha recaudado indebidamente nuestro Ayuntamiento, pero me atrevería a decir que se trata de una cifra importante. Este ayuntamiento no puede remitir a nuestros vecinos a que demanden en los Juzgados las cantidades que no tenían que haber ingresado, en base a la aplicación de una norma que ya sabemos viciada. Por eso creemos que la Concejalía de Hacienda debe ordenar cuanto antes la creación de un mecanismo sencillo y eficaz que contemple la devolución del impuesto.
Esto en cuanto al pasado, pero en cuanto al futuro, este ayuntamiento no puede seguir con el sistema actual. Que sean muchos o pocos los contribuyentes que en las próximas operaciones tengan decrecimientos patrimoniales y aun así tengan que pagar, no es un argumento suficiente para mantener una obligación que no consiste ya en una contribución al sostenimiento de los servicios públicos, sino que pasa a ser una auténtica confiscación. Por ello, en tanto no se modifique la norma, no se debería exigir el ingreso de cantidades. Eso de que paguen todos los contribuyentes y en unos años, ya reconoceremos a los que no estaban obligados y les devolveremos lo cobrado indebidamente, no es propio de un sistema fiscal justo.
Miguel Angel Berzal, Portavoz Grupo Municipal Ciudadanos