La reforma del Reglamento del Pleno no es constitucional: Vulnera el derecho democrático de la oposición a controlar al Gobierno. Y me avergüenza. Un artículo de Pepero Pozuelero
No salgo de mi asombro al leer en qué consistirá la reforma del Reglamento Orgánico del Pleno del Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón. Cuando he leído que lo que quiere la alcaldesa Susana Pérez Quislant es reducir los derechos de la Oposición a controlar a su Gobierno no puedo por menos que llevarme las manos a la cabeza avergonzado.
Y me asombra y avergüenza por lo que significa de inepta acción política y por lo que significa de vulnerar el inviolable derecho de la Oposición a controlar al Gobierno en el Parlamento. En este caso, en el Pleno del Ayuntamiento de Pozuelo, que es el parlamento pozuelero.
Creía que eso era algo ya superado en España. Hace muchos años que ya se sabe en este país que, como Estado democrático y caracterizado por el pluralismo político, la opción mayoritaria en el Parlamento ejerce normalmente el poder mientras que la oposición, integrada por grupos o partidos en minoría, fiscaliza a esa mayoría.
Y es algo, aunque no lo crea la señora Quislant, asumido democráticamente por todos y regulado en la Constitución: la función de oposición es la de control al Gobierno.
Y ese control político se ejerce con preguntas orales y escritas pero entendiendolas no solo como instrumentos de información sino en el sentido fiscalizador que le es propio a la oposición y que constituye, sin duda, su auténtica finalidad.
Y esa finalidad descansa no sólo en la actividad fiscalizadora que a su través puede desarrollarse (de vital importancia para las minorías), sino también en la trascendencia que ello puede tener para la opinión pública, poniendo en marcha posteriores controles sociales o acentuando el control político/electoral, esto es, como «esperanza de sanción». Esperanza que aumenta y fiscalización que se intensifica, especialmente, a través de las preguntas urgentes y que, en Pozuelo, apenas se usan extrañamente.
Y no lo digo yo esto, que soy un simple vecino de esta ciudad. Esta teoría la defienden personalidades como don Manuel Aragón Reyes, catedrático de Derecho Constitucional y Magistrado Emérito del Tribunal Constitucional de España, en concienzudos estudios.
¿Qué significa, entonces, que el Gobierno de Pozuelo podrá elegir las cinco preguntas a las que contestar oralmente de todas las que presente la Oposición?
¿Cómo se atreven siquiera a proponerlo? Es absolutamente inconstitucional.
¿Qué es eso de rechazar las preguntas de la oposición que sean reiterativas por no haberse contestado adecuadamente, como suele pasar en cada Pleno por vaguería y soberbia?
Esto no es constitucional, señora alcaldesa.
Y ustedes podrán imponer esas reformas. Y la oposición tragar. Pero si alguien quiere complicarles la vida, basta con que las pongan en manos de algún especialista en Derecho Constitucional y vayan con ellas al Alto Tribunal.
En cualquier caso, a los simpatizantes del PP de Pozuelo nos está usted avergonzando con estas cosas, señora Quislant.
Pepero Pozuelero