La Audiencia de Madrid avala al juez Peinado para investigar si la asesora «favoreció el plan delictivo» de Begoña Gómez y rechaza dividir el caso pero avala investigar la malversación

La Audiencia Provincial de Madrid ha corregido la decisión del juez Juan Carlos Peinado de abrir una pieza separada para investigar a la esposa del presidente del Gobierno, Begoña Gómez, por un delito de malversación relativo a la contratación y las actividades de su asesora en Moncloa, Cristina Álvarez. No obstante, avala investigar la malversación dentro de la pieza principal.
Así consta en un auto dictado el pasado 3 de octubre, en el que estima parcialmente el recurso de apelación interpuesto por Cristina Álvarez y corrige la decisión del juez de abrir una pieza separada para investigar si la asesora de la mujer del presidente del Gobierno, pagada con fondos públicos, se excedió en su cargo y la asistió en «actuaciones del exclusivo interés personal» de Begoña Gómez.
La Audiencia no duda de la legalidad del nombramiento de Cristina Álvarez, pero apoya que el juez Peinado investigue si pudo incurrir en malversación porque, aunque admite que su eventual participación en este delito «plantea serios problemas, ello no debía ser óbice de su imputación en ese momento procesal».
Fue en el marco de esta pieza cuando el juez acordó por primera vez que, en caso de llegar a juicio, Begoña Gómez, su asesora y el delegado del Gobierno en Madrid, Francisco Martín, fuesen enjuiciados por un jurado popular. Poco después, adoptó la misma decisión respecto al procedimiento principal.
Begoña Gómez está imputada ya por cinco delitos que suman hasta 17 años de prisión: malversación de caudales o efectos públicos, tráfico de influencias, corrupción en los negocios, apropiación indebida de marca e intrusismo. Su asesora, por su parte, está imputada por malversación, corrupción en los negocios y tráfico de influencias.
Comportamientos «entrelazados»
Los magistrados explican que los comportamientos referidos al presunto tráfico de influencias y a la malversación están «íntimamente entrelazados» porque la intervención habitual de la asesora «era supuestamente utilizada como un elemento más de influenciabilidad subjetiva» en el segundo delito.
Por tanto, la prueba de «ambos supuestos delitos está intrínsecamente unida», lo que «imposibilita la formación de piezas separadas sin que el juez instructor haya aportado razonamiento divergente que pueda alterar esa decisión».
Además, considera que su decisión de abrir una pieza separada es «prematura e inmotivada» al no justificar las razones por las que cree que los hechos deben ser enjuiciados por separado, de modo que le insta a que acomode todas las decisiones adoptadas en dicha rama del procedimiento a la parte principal.
El tribunal expone que tras más de año y medio de instrucción, con abundante información y diligencias pendientes, «no es de recibo adoptar una decisión de modificación del procedimiento a seguir sin verificar una correcta» delimitación de los hechos y los indicios que la sustente y así poder conocer «qué hechos se van a desgajar, respecto de qué investigados y para qué».






