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Portada›Cabecera›El TSJM pide identificar al “máximo responsable de la carrera fiscal” en la filtración contra Álvaro García Ortiz (novio de Isabel Díaz Ayuso), según consta en un auto de 11 páginas

El TSJM pide identificar al “máximo responsable de la carrera fiscal” en la filtración contra Álvaro García Ortiz (novio de Isabel Díaz Ayuso), según consta en un auto de 11 páginas

By Capitán Possuelo
17/05/2024
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El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha solicitado a la Fiscalía Provincial de Madrid identificar al “máximo responsable de la carrera fiscal” en la filtración contra el novio de la presidenta madrileña Isabel Díaz Ayuso. Una diligencia que estrecha el cerco sobre el fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, que fue quién ordenó difundir un comunicado de prensa revelando datos reservados de la causa sobre Alberto González Amador.

El magistrado instructor de la Sala Civil y Penal del TSJM que tramita la querella de González Amador contra Pilar Rodríguez, fiscal jefe de la Fiscalía Provincial de Madrid; y Julián Salto, fiscal de la Sección de Delitos Económicos de la misma Fiscalía, por la presunta comisión de un delito de revelación de secretos por funcionario, ha acordado incoar diligencias previas tras la admisión a trámite de la misma por parte de la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal, el pasado 7 de mayo.

En un auto de 11 páginas al que ha tenido acceso Libertad Digital, ha acordado citar a las partes personadas como acusación particular y popular el próximo 24 de mayo, a las 12:00 horas, a los efectos de ratificar las respectivas querellas. Además, ha solicitado las siguientes diligencias que deben ser contestadas por la Fiscalía Provincial de Madrid:

1.-Remita copia del comunicado de prensa hecho público el día 14.03.2023 desde dicha Fiscalía Provincial bajo la rúbrica “ACLARACIONES DE LA FISCALIA PROVINCIAL DE MADRID SOBRE LA DENUNCIA CONTRA ALBERTO GONZÁLEZ AMADOR POR DELITOS DE DEFRAUDACION TRIBUTARIA Y FALSEDAD DOCUMENTAL”.

2.-Indique quién o quiénes fueron las personas físicas concretas que procedieron a la redacción de dicho comunicado de prensa.

3.- Indiqué quién o quiénes fueron las personas físicas concretas que intervinieron en la decisión de hacer público dicho comunicado de prensa y el máximo responsable (en rango) de la carrera fiscal que acordó o dio el visto bueno a la decisión de difundir el comunicado con el contenido finalmente remitido.

4.- Se remita relación y copia del soporte original de todas las comunicaciones mantenidas por el Ministerio Fiscal (emails recibidos y enviados) con el abogado de D. Alberto González Amador con ocasión de la defensa del mismo antes y después de hacerse público el comunicado de 14.03.2023.

5.- Indique a que personas, miembros del Ministerio Fiscal o no, se ha dado acceso y/o han dispuesto de copia del soporte de las comunicaciones mantenidas (emails recibidos y enviados) con el abogado de D. Alberto González Amador antes y después de hacerse público el comunicado de 14.03.2023.

6.- Remita copia de las instrucciones que, en materialización de las previsiones dé las LLOO 3/2018 y 7/2021 y del contenido del apartado 7.3 de la Instrucción 2/2019, hayan sido aprobadas y dirigidas a los fiscales y a la plantilla de funcionarios con el fin de impedir que queden a la vista, a disposición o sean entregados a personal no autorizado documentos y soportes qué contengan datos personales.

Al delegado de Protección de Datos de la Fiscalía

El TSJM también pide un Informe, con intervención en su caso del Delegado de Protección de Datos del Ministerio Fiscal o de quien considere necesario para cumplimentar este requerimiento:

*Sobre las actuaciones que hubiera desarrollado el Ministerio Fiscal como Responsable del Tratamiento de los datos personales de D. Alberto González Amador como consecuencia de la violación de seguridad consistente en la distribución pública de los siguientes soportes físicos y digitales contenedores todos de datos personales de D. Alberto González Amador: De los emails contenedores de las comunicaciones mantenidas entre el abogado de D. Alberto González Amador y el Ministerio Fiscal. De la denuncia del Ministerio Fiscal, en formato digital y/o físico. Del CD adjunto a la denuncia, contenedor de todas las actuaciones tributarias.

*Sobre si, en cumplimiento de la obligación contenida en el art. 33 del Reglamento (UE) 2016/679, 30 de la Directiva (UE) 2016/680 y 38 de la LO 7/2021, el Ministerio Fiscal, como Responsable del tratamiento, ha comunicado a la Autoridad de control de datos la anterior violación de seguridad y, en caso afirmativo, remita copia de dicha comunicación.

*Sobre si, en cumplimiento de la obligación contenida en el art. 34 del Reglamento (UE) 2016/679, 31 de la Directiva (UE) 2016/680 y 39 de la LO 7/2021, el Ministerio Fiscal como Responsable del tratamiento ha comunicado a D. Alberto González Amador la anterior violación de seguridad y, en caso afirmativo, remita copia de dicha comunicación.

*Sobre si se ha dirigido a los medios de comunicación y periodistas que han procedido a la publicación de los anteriores datos personales procedentes de la violación de seguridad padecida por el Ministerio Fiscal como responsable del tratamiento, para que cesen en el tratamiento no permitido de dichos datos personales.

*Se requiera al letrado D. Carlos Neira (con domicilio profesional en la C/ XXXXXX, 14, 16, 28010 Madrid) para que se remita relación y copia del soporte de las comunicaciones mantenidas (emails recibidos y enviados) con el Ministerio Fiscal con ocasión de la defensa de D. Alberto González Amador antes y después de hacerse público el comunicado de la Fiscalía Provincial de Madrid el 14.03.2023

Gentileza de Libertad Digital-Miguel Ángel Pérez)

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