Alivio pozuelero y varapalo al desenfreno recaudatorio del Ayto de Madrid: Las 8.848 multas de velocidad (solo en Oct-Nov) que puso en la vieja carretera de El Plantío son ilegales

A finales de noviembre de 2023, El Correo de Pozuelo se hizo eco de una noticia de Automovilistas Europeos Asociados (AEA) en la que alertaba a los conductores de Pozuelo, Las Rozas y Majadahonda sobre el acribillamiento a multas de tráfico por el Ayuntamiento de Madrid a causa de “una deficiente señalización de los límites de velocidad en El Plantío”.
La noticia decía:
“En ningún tramo de la antigua carretera de El Plantío, hoy Avenida de la Victoria, existe señalización alguna que advierta que el límite de velocidad que rige en esa vía es de 30 km/h, ya que la inmensa mayoría de automovilistas que circulan por ella consideran que el límite permitido es de 40 porque en su inicio dispone de dos carriles de circulación”
Eran multas trampas.
Ahora, una reciente sentencia dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 32 de Madrid ha resuelto favorablemente el recurso promovido por los servicios jurídicos de Automovilistas Europeos Asociados (AEA) en defensa de uno de sus socios y ha anulado la multa de 400 € y la detracción de 4 puntos, que el Ayuntamiento de Madrid le impuso por “sobrepasar la velocidad máxima permitida” en la Av. de la Victoria (antigua carretera de El Plantío), al no constar “inequívocamente acreditado” que en dicha vía existiera un límite de 30 km/h., tal y como sostenía el consistorio madrileño.
Según se recoge en el fundamento de derecho octavo de la resolución judicial “Aunque los boletines de denuncia gozan de la presunción de certeza y veracidad, dicha presunción no tiene ni naturaleza jurídica ni el carácter intrínseco de iuris et de iure, teniendo, asimismo, un valor probatorio que puede ser enervado por otras pruebas que conduzcan a conclusiones distintas, sin que a la vista de las practicadas en los presentes autos exista base suficiente para considerar inequívocamente acreditado el hecho referido en aquel boletín de denuncia”.
En efecto, en el presente caso la denuncia se formuló por “Circular a 61 km/h., estando limitada la velocidad a 30 km/h”, y según hizo constar expresamente el agente operador del radar móvil en el boletín “la velocidad estaba limitada de forma específica”.
Sin embargo, los letrados de AEA pudieron demostrar que en dicha vía nunca había existido ninguna señal específica de limitación de velocidad a 30 km/h., contrariamente a lo que se indicaba en la denuncia, y que además en la antigua carretera de El Plantío existen en determinados tramos dos carriles, con lo que, aún en el caso de no existir ninguna señal vertical que lo indicara, el límite genérico de velocidad sería, en todo caso, el de 50 km/h.
Por ese motivo, el juzgado estima el recurso interpuesto por los letrados de AEA, en defensa de uno de sus asociados, y anula la sanción de 400 € y la detracción de 4 puntos impuesta por la Dirección General de Gestión y Vigilancia de la Circulación, del Área de Gobierno y Medio Ambiente y Movilidad del Ayuntamiento de Madrid.
Hace apenas unos meses AEA denunció públicamente que el Ayuntamiento de Madrid estaba acribillando a multas a miles de automovilistas de Pozuelo, Las Rozas y Majadahonda, que circulaban habitualmente por la antigua carretera de El Plantío (hoy Avenida de la Victoria), por la comisión de unas infracciones.
inexistentes, ya que en dicha vía no existía ningún límite de velocidad a 30 km/h. y por tanto eran ilegales las denuncias que estaban formulando los radares móviles ubicados en vehículos camuflados estacionados en dicha vía.
8.848 multas “trampa”
Concretamente, y según han podido averiguar los servicios jurídicos de AEA, durante los meses de octubre y noviembre del pasado año, el Ayuntamiento de Madrid formuló 8.848 denuncias en dicha vía, por un importe aproximado de un millón y medio de euros y la detracción de 5.806 puntos.





