En su línea intransigente, la vicepresidenta primera del Gobierno Carmen Calvo se inventa una resolución del Supremo para obligar a la Comunidad de Madrid a cumplir las medidas anticovid

La inefable vicepresidenta primera del Gobierno Carmen Calvo, para justificar la intransigencia del Gobierno Sánchez, se inventa que la Comunidad de Madrid está obligada a cumplir las restricciones contra el Covid aprobadas por el Consejo Interterritorial de Salud y que afectan, y mucho, a la hostelería madrileña.
Según este personaje, existe una resolución del Tribunal Supremo que obligaría a la presidenta Isabel Díaz Ayuso a acatar lo aprobado el miércoles.
Sin embargo, y según las fuentes del Alto Tribunal consultadas por OKDIARIO, no existe ninguna resolución sobre el fondo del asunto.
Otras dos comunidades se han unido este jueves al rechazo de Ayuso a aceptar las imposiciones de Sanidad. Andalucía y País Vasco han anunciado que tampoco acatarán lo aprobado. En la comisión, fueron seis las comunidades que votaron en contra. A Madrid, Andalucía y País Vasco, se sumaron Galicia, Murcia y Cataluña.
Las fuentes del Alto Tribunal explican que lo único que hay es una resolución emitida por la Sala Tercera, la de Contencioso-Administrativo, relativa a las medidas cautelares en Semana Santa. Por tanto, el Tribunal Supremo jamás ha emitido su opinión al respecto de la obligatoriedad de las diferentes comunidades autónomas de cumplir las medidas que se han ido aprobando en la Interterritorial.
Es más, en la resolución a la que se ha referido Carmen Calvo, el Supremo decía “es razonable optar ahora por la solución que expresa mayor prudencia, tal como nos pide la letrada de la Comunidad de Madrid”. Por tanto, el propio Tribunal circunscribía en su escrito la decisión al “ahora”. Así pues, explican las fuentes que lo dicho entonces no se puede trasladar en el tiempo y ser aplicado a unas normas completamente diferentes.
Además añaden que los magistrados deben valorar otros ítems, como el fin del estado de alarma en España, y entrar al fondo del asunto, algo que no hicieron en marzo, cuando dictaron la anterior resolución.






