El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ratifica la absolución a los tres policías que abatieron a tiros (2021) a un joven de 21 años en Vallecas por actuar en legítima defensa

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha ratificado la sentencia que absolvió a tres agentes de la Policía Nacional juzgados por abatir a tiros a un joven de 21 años en el rellano de su casa de Vallecas el 26 de noviembre de 2021.
Los magistrados desestiman el recurso interpuesto contra la resolución de abril de 2024 que exoneró a los agentes. La absolución se produjo después de que el jurado popular que enjuició los hechos expresara que lo hicieron en legítima defensa, por lo que les libra de responsabilidad penal.
En la argumentación jurídica, la Sala expone que “la sentencia apelada excluye cualquier sombra de arbitrariedad o sinrazón que pudiese atentar contra el derecho a la tutela judicial efectiva de las acusaciones apelantes”.
Absueltos los tres policías nacionales que mataron a un joven en Madrid por actuar en legítima defensa
Los hechos juzgados se produjeron la tarde del 26 de noviembre de 2021, cuando los agentes subieron en ascensor a la planta novena del edificio. En un espacio de un metro, se vieron sorprendidos por el ataque violento de la víctima, que se les abalanzó con un cuchillo sin mediar palabra.
Los acusados detonaron cerca de 19 disparos en la intervención policial y, como consecuencia de los cuatro impactos recibidos en el abdomen, el joven murió por un shock hipovolémico.
Solo uno de los agentes usó su derecho a la última palabra, reiterando que él y sus compañeros obraron para defender su vida y la de sus compañeros. “Kevyn no nos dejó más opciones”, recalcó ante el tribunal.
La familia solicitaba una condena de cinco años de cárcel por una eximente incompleta al considerar que tienen que tener algún tipo de responsabilidad por lo sucedido.
Evitar una agresión normal
Los procesados declararon haber actuado para defenderse de una agresión mortal, lo que les eximiría de responsabilidad penal en el caso de que el tribunal de jurado aprecie esta eximente en su modalidad completa.
A pesar de los disparos, tuvieron que esposar al joven en el suelo cuando le estaban asistiendo los equipos sanitarios. El consumo de diferentes tipos de drogas, entre ellas éxtasis, le llevó a tal estado de excitación que no era consciente de los impactos, según ratificaron los expertos forenses en la prueba pericial.
El jurado popular visionó una recreación visual de 50 segundos en el que unos agentes, que no son los acusados, realizan una reproducción “concisa” de lo sucedido en la novena planta en un espacio de un metro entre el ascensor, las escaleras y la puerta de la vivienda.
Las imágenes mostraban las acometidas de la víctima con un cuchillo contra los agentes y cómo estos se ven obligados a desenfundar sus armas reglamentarias después de que el escudo se les cayera al tropezar al estar en un espacio muy reducido.
Por su parte, los forenses manifestaron que hallaron tres tipos de droga en la analítica de sangre y orina del fallecido que pudieron influir en su estado de excesiva agresividad, ratificando que hubo un consumo reciente con varias dosis en las ocho horas anteriores a la muerte.





