El juez Peinado procesa a Begoña Gómez por tráfico de influencias, corrupción, malversación y apropiación indebida. Descarta el intrusismo profesional pero la coloca al borde del banquillo

El juez Juan Carlos Peinado sitúa a Begoña Gómez, esposa del presidente del Gobierno, al borde del banquillo al apreciar indicios de cuatro posibles delitos: tráfico de influencias, corrupción en los negocios, malversación y apropiación indebida. No obstante, ha acordado archivar la investigación por intrusismo profesional.
El titular del Juzgado de Instrucción número 41 de Madrid hace extensiva esta decisión a los otros dos investigados en la causa: la asesora de Moncloa, Cristina Álvarez, y el empresario Juan Carlos Barrabés. En este nuevo auto, al que ha tenido acceso Vozpópuli, el magistrado anuncia además que no prorrogará seis meses más la fase de instrucción. Asimismo, rechaza incorporar al procedimiento la vida laboral de Gómez y la actualización de los salarios percibidos por la asesora.
Por último, concede un plazo de cinco días a todas las partes personadas para que aporten la documentación que estimen oportuna de cara a dictar la apertura de juicio oral, que insiste en que se celebrará ante un tribunal del jurado.
A lo largo de 39 folios, el juez Peinado sostiene que Gómez habría aprovechado su relación con Pedro Sánchez para acceder, desde su posición, a interlocuciones institucionales de carácter excepcional, y que su mera condición de “esposa de” habría sido suficiente para ejercer influencia. Todo ello sumado a que mantuvo reuniones en el complejo de La Moncloa.
Por ejemplo, señala la reunión que esta mantuvo con el vicerrector de la Complutense, Joaquín Goyache, en el Palacio de la Moncloa, donde este declaró que sabía de ella porque era “la mujer del presidente del Gobierno”. O, también, la frase que, según Juan Carlos Doadrio, vicerrector de Relaciones Institucionales del centro de estudios, le transmitió sobre que había que crear una cátedra para “la mujer del presidente”.
Por lo que los hechos indiciariamente atribuidos a la investigada “pudieron suponer que, desde la llegada de su esposo primero a la Secretaría General del PSOE y, sobre todo, a la Presidencia del Gobierno, se tomaron determinadas decisiones públicas favorables a la cátedra y al proyecto Transformación Social Competitiva, que pudieron obtenerse mediante un aprovechamiento singular de su posición relacional”, reza el escrito.
Asimismo, Peinado sostiene que, en esta fase del procedimiento, no pueden darse verosimilitud las tesis de las defensas de los investigados, en cuanto a que la dirección de la cátedra no era retribuida y que los fondos iban al patrimonio de la UCM. En primer lugar, porque “porque el beneficio puede ser indirecto y a favor de un tercero, Juan Carlos Barrabés, con las cartas de recomendación”.
Y, en segundo lugar, “porque la cátedra no aparece aislada, sino que forma parte de una secuencia que empieza con el registro de marcas, y culmina en el registro privado del dominio transformatsc.org, la constitución de la mercantil Transforma TSC, S.L y, por tanto, con ánimo de lucro”. Además, recuerda que se apropió del bien mueble, el software.
El togado continúa explicando que la propia Gómez “cobró por el ejercicio de sus funciones, según se indica en el informe de la UCO”. De modo que, “la secuencia permite sostener que la infraestructura, la financiación y la legitimación institucional obtenidas en la fase universitaria tenían potencial de explotación económica ulterior”.
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— El Debate (@eldebate_com) April 13, 2026






