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Portada›Noticias›Se avecina cacicada: El recurso del PP ante el TC se basa en que el juez que sentenció contra Toni Cantó creó un “requisito” no previsto en la Ley y que jamás se había pedido

Se avecina cacicada: El recurso del PP ante el TC se basa en que el juez que sentenció contra Toni Cantó creó un “requisito” no previsto en la Ley y que jamás se había pedido

By Capitán Possuelo
13/04/2021
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El Partido Popular ha presentado este lunes el recurso de amparo en el que pide al Tribunal Constitucional que permita la incorporación de Toni Cantó y Agustín Conde a la lista popular para las elecciones del 4-M.

El escrito afirma que el juzgado de Madrid que el domingo rechazó las candidaturas de los número 5 y 23 de la lista que encabeza Isabel Díaz Ayuso “introduce sin fundamentación alguna en el tenor de la ley una inexistente exigencia restrictiva e infundada” de los requisitos para ser candidatos.

El juez de lo contencioso-administrativo revocó el visto bueno inicial que había dado a ambos la Junta Electoral Provincial al considerar que sólo puede ser candidato quien esté incluido “en el censo electoral vigente”. En este caso, el correspondiente al 1 de enero de 2021, una fecha en la que ni Cantó ni Conde estaban censados en Madrid ni cumplían los requisitos para estarlo.

El PP lamenta que el juez optara por esta interpretación, “cuando pacíficamente ha sido interpretado que los requisitos han de concurrir en el momento de presentar la candidatura”. Unos días antes de presentar sus listas, el ex portavoz de Ciudadanos en las Cortes Valencianas y el ex alcalde popular de Toledo habían cambiado su DNI y ya figuraban como residentes en la Comunidad, por lo que según el partido sí cumplían el requisito legal.

“Es más que evidente que la legislación vigente en modo alguno configura el requisito predicado por la sentencia para excluir a los candidatos, sino que, antes al contrario, exige que los requisitos para ello concurran en el momento de presentación de la candidatura y no, en modo alguno, en el momento de inscripción en el censo electoral”, afirma el PP.

Es decir, que el momento de cumplir los requisitos para ser elector y candidato es el que marca la decisión. Según el juez, debe estarse al censo electoral vigente, lo que lleva al mes de enero; según el PP, al momento de presentar la lista electoral.

En cualquier caso, el escrito resalta que en caso de posibles interpretaciones dispares de la normativa debe optarse siempre por la más favorable a los ejercicios fundamentales, en este caso a la autorización para presentarse a las elecciones.

“La sentencia realiza una interpretación restrictiva del derecho fundamental de participación política contenido en el artículo 23 de la Carta Magna, al entender que la mención al censo electoral vigente no depende del momento en el que deba verificarse, sino que se refiere exclusivamente al cerrado el día primero del segundo mes anterior a la convocatoria electoral; exégesis, sin embargo, contraria al tenor literal y a la interpretación […] de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General”.

El recurso de amparo electoral también afirma que la decisión del juez de estimar la reclamación del PSOE de Madrid “vulnera el derecho al acceso en condiciones de igualdad de todos los cargos públicos”. El motivo es que a Cantó y Conde se les han exigido unos requisitos que “jamás han sido requeridos para ningún candidato propuesto”. Prueba de ello, añade, es que esta cuestión “jamás se ha planteado” ante el TC “en más de 40 años de democracia y 169 procesos electorales”.

Finalmente, reprocha al juez que no diera a Cantó y Conde la oportunidad de responder al recurso del PSOE, lo que en su opinión supone un caso claro de indefensión.

Por todo ello, solicita al Constitucional que devuelva las cosas a como las había resuelto la Junta Electoral y permita a Cantó y Conde volver a sus puestos en la lista de Ayuso.

Ahora la Sección Primera del Constitucional decidirá sobre la admisión o no del recurso y dará traslado al fiscal para que se pronuncie. La ley indica que tiene un plazo de tres días para resolver el amparo.

TagsComunidad de MadridElecciones autonómicasIsabel Díaz AyusoLista electoral PPPSOEToni Cantó
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