No es lo mismo Engracia Hidalgo que Eduardo Oria: El Ayto. de Madrid recupera el requisito de pedir tres ofertas para contratos menores y cada mes se subirán al Portal de Transparencia
Mientras la Junta de Gobierno de Pozuelo esconde los contratos menos en un alarde más de oscurantismo del vicepresidente Eduardo Oria, la concejala de Hacienda y Función Pública Engracia Hidalgo ha recuperado, en el Ayuntamiento de Madrid, la obligatoriedad de pedir tres ofertas para adjudicar un contrato menor de más de 3.000 euros, un requisito que eliminó la exregidora Manuela Carmena argumentado que la nueva ley contaba ya con controles eficientes.
El Consistorio madrileño retoma ahora su anterior funcionamiento con la aprobación de un decreto de la delegada de Hacienda y Función Pública, Engracia Hidalgo, que entró en vigor el pasado 7 de febrero.
En este decreto y su instrucción anexa, a la que ha tenido acceso Efe, se señala que en los contratos menores cuyo valor estimado supere los 3.000 euros “de acuerdo con el principio de competencia, y como medida anti fraude y de lucha contra la corrupción, el órgano de contratación solicitará, al menos, tres ofertas”.
Además, la instrucción indica que en el caso de que las “empresas a las que se les hubiera solicitado oferta declinasen la misma o no respondiesen al requerimiento, no será necesario solicitar más ofertas”.
Las nuevas reglas dictadas por la concejal del PP limitan así la concesión directa de los contratos menores -de un máximo de 40.000 euros en el caso de obras y de 15.000 en el caso de servicios- a los que se otorguen por un valor menor a los 3.000 euros.
En el resto de casos si no es posible solicitar tres ofertas “deberá incorporarse en el expediente justificación motivada de tal extremo, con carácter previo a la tramitación de la adjudicación directa”.
Además, cuando se dé adjudicación directa la empresa o empresas deberán presentar “documento de declaración responsable y oferta de criterios valorables en cifras o porcentajes en la que ponga de manifiesto que el firmante ostenta la representación de la entidad, que la entidad tiene capacidad de obrar y cuenta con la habilitación profesional necesaria para realizar la prestación”.
Cada mes la información de los contratos menores se publicará en el Portal de Transparencia señalando “objeto, duración, el importe de licitación y de adjudicación, el número de licitadores participantes en el procedimiento y la identidad del adjudicatario, así como las modificaciones y las decisiones de desistimiento y renuncia de los contratos”.
Además, para adaptar la normativa municipal a la nueva redacción del artículo 118 de la ley de contratos del sector público se elimina la regla que no permitía adjudicar sucesivos contratos menores a un contratista que ya había resultado adjudicatario de anteriores contratos menores, aunque esta vía no debe servir para fraccionar contratos, una práctica posibilidad en la ley.