Su incompetencia los convierte en un peligro público: Se descubre otra chapuza en la mal llamada Ley Rhodes al incluir Ione Belarra una incorrección sobre la prescripción de los delitos

Mientras continúa sin corregirse la Ley de Sólo Sí es Sí que ha permitido a cientos de violadores rebajar su pena, ha trascendido otro error en la redacción de otra ley podemita, la Ley de Protección a la infancia frente a la violencia, también conocida como Ley Rhodes en alusión al pianista británico James Rhodes, que sufrió abusos en su infancia.
Aunque la ley se aprobó en 2021, ha sido ahora cuando se ha descubierto el error, una imprecisión en la redacción del artículo 132 en el que se cita dos veces los delitos contra la libertad de los menores con dos plazos de prescripción distintos.
En un primer párrafo se indica que para delitos como secuestros, torturas, aborto no consentido, lesiones y contra la inviolabilidad de la imagen o el domicilio el plazo de prescripción empieza a contar a partir de que la víctima cumpla 18 años. Después, se vuelve a repetir el término genérico de delito contra la libertad, justo antes de especificar que se trata de los delitos contra la libertad e indemnidad sexual, y en ese caso la prescripción se fija a partir de que la víctima cumpla 35 años.
Esta nueva chapuza jurídica adelantada por, entre otros, Infolibre, ha sido ya admitida por el Ministerio de Derechos Sociales. Fuentes del departamento que encabeza Ione Belarra han señalado que corregirán la ley para subsanar la errata y evitar confusión sobre los plazos de prescripción.
Entre tanto, el inspirador de la norma, el pianista James Rhodes, ha considerado que el error debería haberse «arreglado hace meses». «Obviamente ha habido un error en la redacción de la ley. La Justicia debería haber sido consciente de esto mucho antes y arreglarlo hace meses», ha dicho declaraciones a Europa Press.
El músico considera que es «algo que afortunadamente se puede solucionar rápida y fácilmente» y confía en que se corrija «de manera urgente».
Rhodes precisamente abanderó que el plazo de prescripción comenzara a contar a partir de que la víctima cumpliera 35 años en determinados delitos como los abusos sexuales.