El Tribunal Constitucional avala la gestión privada de los hospitales públicos en la Comunidad de Madrid
(06-05-06) El Tribunal Constitucional ha avalado que los hospitales públicos puedan ser gestionados “por terceros”, es decir, que las comunidades autónomas puedan adjudicar contratos para la gestión del servicio público de asistencia sanitaria especializada y que la misma pueda ser llevada a cabo por parte de empresas privadas.
De esta forma, el alto tribunal ratifica la legalidad de la decisión que adoptó la Comunidad de Madrid en el año 2012 de privatizar la gestión de seis hospitales públicos de esta autonomía.
Contra esta decisión había recurrido el Grupo Parlamentario Socialista en el Senado, que consideraba que la existencia de esa gestión indirecta por parte de empresas privadas de la asistencia sanitaria vulneraba el régimen público sobre esa materia previsto por la Constitución.
Sin embargo, el Tribunal Constitucional deja claro que la eventual concesión de la gestión a empresas privadas “constituye una posibilidad, pero no un imperativo”, toda vez que la Carta Magna “no exige que el mantenimiento de un régimen público de la seguridad social requiera necesariamente y en todo caso un sistema de gestión pública directa”, sino que lo relevante es que la eventual apertura a otras fórmulas de gestión -en alusión a la adjudicación a entidades privadas- se realice “preservando en todo caso la titularidad pública del servicio”.
Por este motivo, el TC concluye que al adoptar este criterio, la Comunidad de Madrid lo único que hizo fue limitarse “a hacer uso de las posibilidades abiertas con la legislación estatal”.
No obstante, el tribunal estima el recurso del PSOE y declara inconstitucional y nulo un precepto de la ley autonómica que regulaba ese modelo de gestión porque “otorga preferencia a determinadas sociedades médicas frente a otros aspirantes, en la adjudicación de la gestión de los servicios de asistencia sanitaria especializada”.